ISLAS NICOLAS GUSTAVO C/ PROVINCIA ART SA S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El profesional solicitó la regulación de honorarios por trabajos extrajudiciales realizados ante la Comisión Médica Nº126 (SRT 642491/25) por divergencia en la determinación de incapacidad. El Tribunal reguló honorarios a favor del Dr. Nicolás G. Islas por 7,50 JUS (más 10% ley 10.268 e IVA) y le impuso las costas a la demandada, además regularizó honorarios por 1,45 JUS para cada letrado por el trámite de determinación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Dr. Nicolás Gustavo Islas.
Demandado: Provincia ART S.A.
Objeto: Regulación judicial de honorarios profesionales por trabajos extrajudiciales efectuados en sede administrativa (Comisión Médica Nº126, Expte. administrativo SRT 642491/25) en razón de divergencia en la determinación de incapacidad (dictamen 2,24% sin conformidad del trabajador).
Decisión: Se hizo lugar a la regulación de honorarios del Dr. Nicolás G. Islas por 7,50 JUS con más el 10% que determina el art. 2 de la ley 10.268 e IVA (importe a abonar por la demandada dentro de 10 días de quedar firme la sentencia), se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios de 1,45 JUS para cada uno de los Dres. Nicolás G. Islas y Julieta Benvenuto por el trámite de determinación judicial.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Se presenta en autos el Dr. NICOLAS GUSTAVO ISLAS solicitando se regulen los honorarios profesionales conforme lo establecido en el art. 55 de la Ley 14.967 por su labor llevada a cabo en el ámbito de la Comisión Médica Nº 126 de la ciudad de Tandil, en el marco del Expte. administrativo SRT 642491/25 con motivo de '.DIVERGENCIA EN LA DETERMINACIÓN DE LA INCAPACIDAD' en favor de PLANES RUBEN CEFERINO."
"Por lo que corresponde valorar la actuación profesional en el indicado procedimiento que adquirió singularidad y autonomía permitiendo la obligada y necesaria intervención del profesional letrado tratándose de una obligación de medios y no de resultado.-
Sin necesidad de otras consideraciones, por el trámite administrativo sometido a evaluación y consideración, sin contar con base económica, corresponde regular los honorarios del Dr. NICOLAS GUSTAVO ISLAS, teniendo presente el mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada, en 7.50 Jus (arts. 1, 7, 16 inc. a), b), c), e), g) h), arts. 21, 43, 44 y 55 de la ley 14.967, arts. 36 y 37 y ccds. de la Resol. SRT 298/2017)."
Bloque resolutivo final (transcripción):
"RESUELVE:
REGULAR los honorarios del Dr. NICOLAS GUSTAVO ISLAS por trabajos extrajudiciales llevados a cabo en sede administrativa SRT 642491/25, en la cantidad de 7.50 JUS ... con más el 10% que determina el art. 2 de la ley 10.268 e IVA, en caso de corresponder importe que deberá ser abonado por la demandada, dentro de los DIEZ DÍAS de quedar firme la presente sentencia, bajo apercibimiento de ejecución ... IMPONER las costas a cargo de demandada ... REGULAR los honorarios del Dr .NICOLAS GUSTAVO ISLAS y los de la Dra. JULIETA BENVENUTO por lo actuado en el presente trámite de determinación judicial de honorarios extrajudiciales, en la cantidad de 1,45 JUS para cada uno de ellos ... NOTIFÍQUESE ... Dispónese la apertura de la cuenta judicial de autos..."
(No constan votos en disidencia en la pieza remitida.)
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