GARCIA DANIEL ALFREDO C/ GARRIZ MAXIMILIANO Y OTROS S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El actor promovió homologación de convenio laboral por pago transaccional por $29.000.000. El Tribunal homologó el acuerdo con fuerza de sentencia, fijó plan de pagos en seis cuotas y condenó en costas a la parte demandada, regulando honorarios conforme ley 14.967.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GARCIA DANIEL ALFREDO.
Demandado: GARRIZ AGUSTINA, GARRIZ MATIAS y GARRIZ MAXIMILIANO.
Objeto: Homologación de convenio/transacción laboral por monto acordado entre partes.
Decisión: Homologar con fuerza de sentencia el acuerdo celebrado por las partes por la suma de pesos VEINTINUEVE MILLONES ($29.000.000), con pago en seis cuotas según cronograma, imponer costas a la demandada conforme lo pactado, eximir de pago de tasa de justicia y regular honorarios de los letrados conforme ley 14.967.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del tribunal):
"luego de pormenorizado análisis del acuerdo celebrado por las partes, atento la naturaleza jurídica del convenio, y dado que la parte accionante ha reajustado su pretensión crediticia, encuentro que el mismo establece las bases que permiten asegurar una justa composición de los derechos e intereses de los convinientes, de conformidad con lo establecido en el art. 15 de la ley 20.744 (t.o.).
- Por estas razones me pronuncio en la presente cuestión por la AFIRMATIVA."
"Que atento lo resuelto al tratarse y votarse en la segunda cuestión, corresponde declarar válido el acuerdo celebrado por las partes y homologar el mismo con fuerza de Sentencia, a través del cual la parte demandada se obliga a abonar a la parte actora de autos la suma de pesos VEINTINUEVE MILLONES ($29,000,000), en concepto de monto transaccional, pagaderos de la siguiente forma: en SEIS (06) cuotas , la primera DE PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000,00): la primera vencerá a los dos (02) días hábiles de notificada la sentencia que homologue el presente el resto de cuotas serán mensuales y consecutivas cada 30 días con los siguientes importes: la segunda DE PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000,00) la tercera, cuarta ,quinta y última de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($3.500.000,00).-"
"HOMOLOGAR con fuerza de Sentencia el acuerdo celebrado por la parte actora GARCIA DANIEL ALFREDO y la parte demandada GARRIZ AGUSTINA, GARRIZ MATIAS y GARRIZ MAXIMILIANO, por la suma de pesos VEINTINUEVE MILLONES ($29,000,000), en concepto de monto transaccional, que serán pagaderos de la siguiente forma: en SEIS (06) cuotas, la primera DE PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000,00): la primera vencerá a los dos (02) días hábiles de notificada la sentencia que homologue el presente el resto de cuotas serán mensuales y consecutivas cada 30 días con los siguientes importes: la segunda DE PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000,00) la tercera, cuarta ,quinta y última de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($3.500.000,00).-"
"Impónense las costas del presente litigio a la parte demandada de conformidad con lo pactado, con eximición del pago de la tasa de justicia, (arts. 24 y 30 de la ley 15057 y arts. 68 y 73 del C.P.C.C.; art. 81 ley 14.653).-
Los honorarios pactados se ajustan a lo normado en los arts. 16, 21, 22, 23, 25, 28 y 43 de la ley 14.967, por lo tanto se regulan los mismos en los montos consignados en la siguiente liquidación:
CAPITAL $29.000.000
HONORARIOS EZEQUIEL GONZALEZ GODOY 108.95 JUS + 10%
HONORARIOS JOSE CELESTINO ALBANESE 108.95 JUS + 10% + 21%"
- Notas procedimentales relevantes: El Tribunal ordena devolución de documentación reservada aportada por las partes; dispone que el pago del capital se haga mediante transferencia directa a la cuenta sueldo/personal del trabajador denunciado; los honorarios regulados deben depositarse directamente en la cuenta bancaria que el profesional denuncie; la demandada debe acreditar el cumplimiento de los depósitos en un término de 48 horas de efectuados.
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