PEREZ CARLOS ALBERTO C/ AMEGHINO SERVICIOS NAVALES E INDUSTRIALES S.A Y OTRO/A S/ DIFERENCIAS SALARIALES
El actor promovió demanda laboral por diferencias salariales y reclamo de recategorización sindical y rubros indemnizatorios. El Tribunal rechazó la demanda por falta de prueba sobre la modificación de encuadramiento sindical y condenó al actor al pago de costas y honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Carlos Alberto Pérez, representado por el Dr. Franco Di Lallo.
Demandado: Ameghino Servicios Navales e Industriales SA y Bayer Argentina SA.
Objeto: diferencias salariales por presunto debido encuadramiento sindical bajo CCT 77/89 (en lugar del CCT 76/75), pago de horas nocturnas no abonadas, y rubros indemnizatorios (incluyendo doble indemnización por Decreto 528/20), por la suma de $939.396 y más intereses y costas.
Decisión: Se rechazó la demanda en todas sus partes por no haberse probado la modificación del encuadramiento sindical que justificara los rubros reclamados. Se impusieron las costas al actor y se regularon honorarios y peritos.
- Fundamentos principales de la decisión (trascripción de pasajes relevantes del fallo):
"Observado el posicionamiento de los demandados, quienes negaron de manera enfática el reclamo de diferencias salariales con reposo en la modificación del encuadramiento sindical del actor, pesaba sobre este, formular los planteos conducentes, para reclamar como acreedor, los elementos jurídicos constitutivos de su petición. (art. 375, CPCC; art. 89, ley 15057)."
"Juzgo que la parte actora, en sus hechos, omitió formular un planteo razonable de las causas que merituarian la aplicación del convenio colectivo de empleados de la industria química y petroquímica ( CCT 77/89) en lugar del CCT 76/75
- en el cual se encontraba enrolado, su suscinto relato y probanza no lograron establecer que la relación y actividad de trabajo, respecto de la cual se plantea el problema, correspondía al ámbito de aplicación del convenio cuya aplicación se peticiono ( convenio de químicos y petroquímica)."
"A raíz de las conclusiones arribadas anteriormente y no habiéndose probado, por parte de la requirente, el presupuesto de básico, esencial y de hecho en el que funda su reclamo, esto es, la modificación del encuadramiento convencional sindical , lo que hubiese traído aparejo el reclamo y su percepción de diferencias salariales y reclamo indemnizatorio; corresponde desestimar la demanda en todas sus partes, lo que así propicio al Acuerdo; .debiendo soportar el actor con las consecuencias de omitir la prueba de sus afirmaciones, impuestas en su propio interés (conforme SCBA causa L 37.830 sentencia del 8-IX-1987; L 90.843, sentencia del 17-9-2008) (art. 375 del C.P.C.C.)."
Además, el Tribunal resolvió: "Imponer las costas a la parte actora vencida, con los alcances de lo normado por los arts. 24, 27, 89 de la ley 15.057, la ley 12.200, art 68 del CPCC" y reguló honorarios (Dr. Franco Di Lallo 7 jus; Dr. Gustavo Alberto Lombardi 10 jus; Dr. Federico P. E. Ronchetti y otro 10 jus; perito contador Ritoli 3 jus).
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