Logo

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DELGADO GUSTAVO SERGIO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió acción de apremio provincial contra Delgado para ejecutar una obligación tributaria por capital adeudado. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago de $17.376.666,00 más intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal, con costas a la demandada.

Costas Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda tributaria Perdida de excepciones Art. 104 codigo fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Arts. 540-556 cpcc Ley 13.406. 00 $17.376.666

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: DELGADO GUSTAVO SERGIO. Objeto: Ejecución forzosa/apremio provincial del capital reclamado por obligaciones fiscales por PESOS DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 0/100 ($17.376.666,00) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se hizo lugar a la demanda de apremio; se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado y sus intereses; costas a la demandada; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes, lenguaje original del tribunal): "I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)." "II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor DELGADO GUSTAVO SERGIO haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 0/100 ($17.376.666,00) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."
- Otros: Se tuvo por constituido el domicilio procesal de la demandada en los estrados del Juzgado (Art. 41 CPCC y Art. 25 Ley 13.406) y se ordenó notificar conforme art. 10 del Anexo único de la Ac. 4013 SCBA.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar