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A.R.B.A. C/ BATHAN GROUP S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución (apremio provincial) para cobrar una deuda tributaria. El Tribunal mandó a llevar adelante la ejecución contra Bathan Group S.A. por PESOS 18.097.354,90 más intereses, impuso las costas a la demandada y constituyó su domicilio en los estrados por el apercibimiento.

Costas Ejecucion Apercibimiento Domicilio constituido Apremio provincial Deuda tributaria Intereses legales Arba 90 Bathan group s.a. $18.097.354

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (A.R.B.A.). Demandado: BATHAN GROUP S.A. Objeto: Ejecución de título ejecutivo tributario por el pago íntegro del capital reclamado que asciende a PESOS DIECIOCHO MILLONES NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 90/100 ($18.097.354,90) más los intereses legales correspondientes. Decisión: Se ordenó continuar la ejecución hasta obtener el pago del monto reclamado con sus intereses; se impusieron las costas a la demandada; se difirió la regulación de honorarios; se tuvo por constituido el domicilio de la accionada en los estrados; se dejó constancia de la intimación de pago en el domicilio denunciado (Larrea 1198, Mar del Plata).
- Fundamentos principales de la decisión (citas textuales relevantes extraídas del fallo): "Que la parte demandada no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, en consecuencia dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 25 de la ley 13.406; arts. 116 y 155 del C.P.C.C.)." "Por ello conforme a lo pedido y a lo dispuesto por los arts. 1, 2, 3, y 13 de la ley 13.406, FALLO: 1) Mandando a llevar adelante la presente ejecución hasta tanto BATHAN GROUP SA haga al actor, AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado, que asciende a la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 90/100 ($18.097.354,90) -monto total del título ejecutivo
- con más los intereses legales que corresponden (art. 104 del Código Fiscal -t.o. Res. 39/2011)." "2) Las costas se imponen a la demandada que resulta vencida (arts. 25 de la ley 13.406 y arts. 556 y 68 del C.P.C.C), difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 15 y 22 de la ley 13.406)." "3) Se hace efectivo el apercibimiento oportunamente previsto y, en consecuencia, tiénese por constituído el domicilio de la accionada en los estrados del Juzgado (art. 13, 25 de la ley 13.406 y art. 41 del CP CC)." "4) En cumplimiento de lo ordenado por el art. 14 de la Ac. 2.514/92 de la S.C.B.A., se deja expresa constancia que la demandada fue intimada de pago en el domicilio denunciado bajo responsabilidad de la parte actora de la calle Larrea Nro. 1198 de la localidad de Mar del Plata."

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