ACUÑA VERONICA ISABEL C/ I.O.M.A S/ AMPARO (RECURSO DE)
Acción de amparo por internación domiciliaria de alta complejidad y rehabilitación en favor de persona con discapacidad. El Tribunal hace lugar al amparo y ordena a IOMA otorgar cobertura íntegra al 100% de la internación domiciliaria a través de ADA SALUD, por considerar arbitraria la demora administrativa y necesaria la cobertura por la indicación médica y la condición de discapacidad grave.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Verónica Isabel Acuña, en representación de su hija Belén Nuñez Acuña, afiliada a IOMA.
Demandado: Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires (IOMA).
Objeto: Que IOMA otorgue plena cobertura íntegra al 100% de internación domiciliaria de alta complejidad y rehabilitación en el domicilio indicado, a ser prestada por la empresa ADA SALUD, con prestaciones médicas, enfermería, kinesiología, terapia ocupacional, cuidador domiciliario de 16 horas diarias e insumos (detallados).
Decisión: Hacer lugar al amparo. Ordena a IOMA otorgar la cobertura íntegra al 100% de la internación domiciliaria por ADA SALUD con las prestaciones e insumos detallados; impone costas a IOMA y regula honorarios por separado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
- "La necesidad de dicha asistencia se encuentra directamente vinculada con el cuadro que presenta Belén y con las limitaciones que de él se derivan para el desarrollo de las actividades esenciales de la vida diaria, circunstancia que impone analizar la pretensión desde la especial protección que el ordenamiento jurídico reconoce a las personas con discapacidad."
- "En tales condiciones, las disposiciones reglamentarias invocadas por el Instituto no pueden ser aplicadas de manera automática o desvinculada de las circunstancias acreditadas en la causa, sino que deben ser interpretadas y aplicadas de modo compatible con la tutela reforzada que la situación de Belén exige."
- "Si bien, la prestación requerida no fue denegada por el Instituto, su efectivo otorgamiento quedó supeditado a la culminación del procedimiento administrativo, sin que se brindara en tiempo oportuno una respuesta concreta que permitiera a la afiliada acceder regularmente a los cuidados prescriptos... la prolongación del trámite administrativo y la posterior falta de concreción de la autorización... importaron mantener a una persona con discapacidad grave... en una situación de incertidumbre respecto de la continuidad y regularidad de prestaciones esenciales para su vida cotidiana."
- Bloque dispositivo final (FALLO): "1) Hacer lugar a la acción de amparo promovida por la actora contra el Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires (IOMA) y, en consecuencia, ordenar a la demandada que otorgue la cobertura íntegra al 100% de internación domiciliaria a través de la empresa ADA SALUD, la cual incluye las prestaciones e insumos detalladas en el apartado 10 de la presente. (arts. 36 incs. 5 y 8° de la Constitución Provincial y ley 10.592). 2) En atención al modo en que se ha resuelto la acción, revistiendo la accionada -IOMA
- la objetiva condición de vencida, se le imponen las costas (artículo 19 de la ley 13.928). 3) Estése a la regulación de honorarios que se realiza por separado."
- (Se consignan además fundamentos constitucionales y normativos sobre el derecho a la salud y la protección reforzada de las personas con discapacidad: arts. 36 incs. 5 y 8° Constitución Provincial; ley 10.592; normas internacionales citadas.)
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