OVIEDO NORMA GLADYS C/ MUNICIPALIDAD DE BAHIA BLANCA S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA - OTROS JUICIOS
La actora promovió acción indemnizatoria por lesiones sufridas tras caer en un pozo en la bicisenda municipal. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la Municipalidad de Bahía Blanca a pagar incapacidad sobreviniente, gastos médicos y traslados y daño moral, conforme los montos y tasas fijadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Norma Gladys Oviedo, representada por el Dr. Mariano Aníbal Loustau.
Demandado: Municipalidad de Bahía Blanca.
Objeto: Pretensión indemnizatoria por lesiones sufridas al caer en un pozo en la bicisenda (22/09/2021): incapacidad sobreviniente, pérdida de chance, gastos médicos y de traslado, y daño moral.
Decisión: Se condenó a la Municipalidad de Bahía Blanca a abonar a la actora las sumas correspondientes por incapacidad sobreviniente (liquidación conforme fórmula y parámetros indicados), gastos médicos y de traslados ($40.000 fijados en sede judicial) y daño moral (U$S 800), con intereses conforme lo pautado; costas a la vencida. Se ordenó agregar intereses desde el 22/9/2021 hasta la liquidación y la tasa bancaria posterior hasta el pago efectivo.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos literales relevantes):
- Sobre responsabilidad estatal (cita de la Cámara): "la responsabilidad del ente estatal en la omisión de ejercer adecuadamente el poder de policía sobre el tramo de circulación en el que tuvo lugar el accidente y posteriores lesiones."
- Sobre conocimiento del riesgo: "el Municipio tuvo conocimiento (a la fecha del evento), o debió tenerlo, de la situación potencialmente dañosa (de) las irregularidades del sector. De esa forma, se tiene por configurada, en la especie, la presencia de un supuesto de responsabilidad estatal por omisión."
- Sobre incapacidad y prueba pericial: "presenta una limitación funcional de tobillo derecho por las secuelas de las fracturas y su posterior tratamiento quirúrgico, Edema crónico del tobillo, dos heridas de 10 cm y 8 cm respectivamente, Acortamiento del miembro inferior derecho medido de Ombligo a Talón de 1 y ½ cm y material de Osteosíntesis en Tibia y Peroné(...) La incapacidad valorada a la Sra. Oviedo ... Total :30% (...) Dado el tiempo transcurrido 2 años, las secuelas son permanentes e irreversibles no habiendo tratamiento que mejore la situación actual."
- Sobre la fórmula de capitalización indicada por la Cámara y parámetros a aplicar: "C = a [(1 + r)n
- 1] / ( (1+r)^n r ) ... (a) es el Ingreso para el período incapacidad; (r) es la Tasa de interés ...; (n) son los períodos anuales restantes computables; (C) es el capital a ponderar conforme art. 1746 del C.C.C." y la pauta de la Alzada: tomar como ingreso referencia la jubilación de la actora, tasa pura anual del 6% y períodos restantes de 10 años.
- Sobre pérdida de chance: "La pérdida de chance... no se presume ni su acreditación es posible sustituir con meras afirmaciones de parte." (se rechazó por falta de acreditación de ingresos por la tarea alegada).
- Sobre gastos médicos y de traslado: la Cámara admite presunción de gastos razonables; el Tribunal fijó "la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000) en concepto de gastos médicos y de traslados."
- Sobre daño moral y su cuantificación: "fijo la suma a percibir en el equivalente en pesos a la suma de ochocientos dólares estadounidenses (U$S 800) en concepto de daño moral."
- Fallo (parte dispositiva, extracto relevante):
- "I.
- Condenando a la demandada Municipalidad de Bahía Blanca a abonar a la actora en el plazo de sesenta (60) días de quedar firme la liquidación ... las sumas mencionadas en el considerando III -con los intereses allí previstos-.
II.
- Costas a la vencida..."
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