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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BERTOLOTTI MARIA EUGENIA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial para cobrar deuda fiscal. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y el remate hasta obtener el pago de $1.147.139,60 más intereses, con costas; además constituyó domicilio de la ejecutada en los estrados del juzgado.

Costas Ejecucion fiscal Domicilio constituido Apremio provincial Deuda tributaria Trance y remate Honorarios diferidos Codigo fiscal ley 10.397 Perdida de defensa por caducidad Monto $1.147.139 60 observacion: fecha del proveido/acto administrativa del expediente: 17/09/2026 Presentacion agregada 11/9/2026.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco De La Provincia De Buenos Aires. Demandado: Maria Eugenia Bertolotti. Objeto: Ejecución por apremio provincial para el cobro de deuda fiscal por el capital reclamado de Pesos Un Millon Ciento Cuarenta Y Siete Mil Ciento Treinta Y Nueve Con 60/100 ($1.147.139,60), más intereses. Decisión: Se mandó continuar la ejecución (trance y remate) hasta obtener el íntegro pago del capital reclamado más intereses; se impusieron costas; se difirió la regulación de honorarios hasta la existencia de liquidación firme; y se tuvo por constituido el domicilio de la ejecutada en los estrados del juzgado por incumplimiento de notificaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal): "I.
- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Santiago Del Estero
- Nro. 1823
- Cp. 1623
- Loc. Ingeniero Maschwitz domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC). II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11." FALLO (extracto): "1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Maria Eugenia Bertolotti haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Un Millon Ciento Cuarenta Y Siete Mil Ciento Treinta Y Nueve Con 60/100 ($1.147.139,60), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.). 2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406). 3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."

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