FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ AMERICAN VIAL S.R.L. S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió ejecución por apremio provincial contra American Vial S.R.L. por deuda fiscal. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó trance y remate hasta cubrir la deuda de $3.901.712,50 más intereses y costas, y tuvo por constituido el domicilio en los estrados del juzgado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco De La Provincia De Buenos Aires.
Demandado: American Vial S.R.L.
Objeto: Ejecución fiscal por deuda resultante del título ejecutivo, capital reclamado Pesos Tres Millones Novecientos Un Mil Setecientos Doce Con 50/100 ($3.901.712,50), con más los intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago.
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución, ordenando trance y remate hasta tanto la ejecutada pague íntegro el capital reclamado más intereses; costas para la actora; se difiere regulación de honorarios hasta liquidación firme; y se constituye domicilio procesal en los estrados del juzgado por incumplimiento de notificaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
I.
- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Ruta Panamericana Km.48,5
- Nro. 345
- Cp. 1625
- Loc. Escobar domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC).
II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11.
FALLO:
1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado American Vial S.R.L. haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Tres Millones Novecientos Un Mil Setecientos Doce Con 50/100 ($3.901.712,50), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.).
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