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ZIZZI CRISTINA SOLANGE C/ CITRATUS ARGENTINA S.R.L. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)

Reclamos por daños y perjuicios extracontractuales derivados de un incendio en planta industrial que se propagó a propiedades linderas. El Tribunal hizo lugar a las demandas y condenó a CITRATUS ARGENTINA S.R.L., HENN y PREIZ a abonar $179.689.785,23 ( $18.456.111,36 a ZIZZI y $161.233.673,87 a LEDEZMA PINAYA), con imposición de costas y extensión de la condena a la aseguradora ZURICH hasta el límite de la póliza.

Dano moral Responsabilidad civil Danos y perjuicios extracontractuales 23) Aseguradora citada en garantia (zurich) Costas y honorarios diferidos Intereses y actualizacion (inconstitucionalidad art. 7 ley 23.928) Incendio industrial Pericia de ingenieria y arquitectonica Indemnizacion cuantificada ($179.689.785 Titularidad dominial (escritura de donacion)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Cristina Solange ZIZZI y Roberto LEDEZMA PINAYA. Demandado: CITRATUS ARGENTINA S.R.L., Hugo Alejandro HENN y Mariela Alejandra PREIZ (y se citó en garantía a ZURICH ASEGURADORA ARGENTINA S.A.). Objeto: Indemnización por daños y perjuicios (daños materiales, daño moral, tratamiento psicológico y demás accesorios) derivados de un incendio ocurrido el 13/03/2018 en instalaciones de CITRATUS que se propagó a inmuebles linderos; en el caso de ZIZZI se reclamó originalmente $6.599.000; en el caso de LEDEZMA se reclamó $2.000.000 (u otra suma que surja de prueba), con mayor cuantificación según pericias. Decisión: Se hizo lugar a las demandas y se condenó a los demandados a pagar $179.689.785,23 en total, de los cuales $18.456.111,36 corresponden a ZIZZI y $161.233.673,87 a LEDEZMA PINAYA; se impusieron las costas a la parte demandada; se diferió regulación de honorarios; y se hizo extensiva la condena a la aseguradora ZURICH ASEGURADORA ARGENTINA S.A. hasta el límite de la cobertura.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Quedó fuera de controversia la ocurrencia del siniestro, ello así en base a la declaración de los testigos ya mencionados, de la causa penal indicada, la denuncia de siniestro ante la aseguradora entre otras pruebas producidas, como así también que la causa de los daños sufridos por los reclamantes fue el incendio ocurrido en las instalaciones de CITRATUS ARGENTINA S.R.L., que se propagó a las propiedades linderas." "En virtud de lo expuesto, corresponderá hacer lugar a la demanda (cf. arts. 52, 141, 142, 730, 731, 732, 1243, 1286, 1689, 1722, 1723, 1726, 1729, 1737/1741, 1753, 1757, 1758, 1763, 1769, 2037, 2038 y ccs. del CCyC.; arts. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 40 y ccs. LDC)." "El perito ingeniero designado ... manifestó que los arreglos que constan en los presupuestos presentados por ZIZZI en la demanda se condicen con los daños sufridos en el inmueble ... cotizó los materiales y trabajos realizados en la suma de $ 8.656.111,36 al 31/08/2022, suma que estimo adecuada para cuantificar este rubro (cf. arts. 165 y 375 del CPCC)." "Los padecimientos físicos, los temores y el abrupto cambio en el ritmo de vida habitual de quien reclama, ocasionados por el hecho de autos y que explican sobre todo las pericias de ingeniería civil y psicológica realizadas, constituyen un detrimento que merece reparación... se admitirá este rubro que se fija en $ 8.000.000.
- (cf. art. 165 del CPCC)." "Para el actor LEDEZMA PINAYA. El perito ingeniero ... cuantificó el costo de reposición de cada unidad afectada de la siguiente forma: Depto. 2 (Planta Baja) $ 41.901.889,17; Depto. 4 (1er Piso) $ 73.684.724,02 y Depto. 5 (2do. Piso) $ 45.647.060,68, sumas que estimo adecuada para cuantificar este rubro (cf. arts. 165 y 375 del CPCC)." "RESUELVO: I. Hacer lugar a las demandas promovidas por los actores Cristina Solange ZIZZI y Roberto LEDEZMA PINAYA, condenando a los demandados CITRATUS ARGENTINA S.R.L., Hugo Alejandro HENN y Mariela Alejandra PREIZ a abonar a los nombrados la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON VEINTITRES CENTAVOS ($ 179.689.785,23) ... II. Imponer las costas a la parte demandada ... III. Hacer extensiva la condena a la aseguradora ZURICH ASEGURADORA ARGENTINA S.A., entidad que deberá responder hasta el límite fijado para el seguro de responsabilidad civil ..."

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