Logo

DE LEON EDUARDO ALFREDOC/ ROMERO OSCAR DARIO Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito contra la titular registral y el tomador de la póliza del camión. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a Karina Mariel Pérez Padilla y a Alejandro Romero a pagar $15.389.500, mientras que declaró la falta de legitimación pasiva de LIDERAR Compañía General de Seguros S.A. por suspensión de cobertura.

Accidente de transito Dano moral Danos y perjuicios Responsabilidad civil Seguro automotor Suspension de cobertura Falta de legitimacion pasiva Costas. Intereses (6% interes puro) Incapacidad permanente 15%

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Eduardo Alfredo De León, representado por el Dr. Carlos Enrique Aguas. Demandado: Inicialmente Oscar Darío Romero; luego se amplió contra Karina Mariel Pérez Padilla (titular registral) y Alejandro Romero (titular de la póliza); se citó en garantía a LIDERAR Compañía General de Seguros S.A. Objeto: Indemnización por daños y perjuicios y reparación de la motocicleta, por accidente de tránsito ocurrido el 3/12/2010 en José León Suárez; además se solicitó citación en garantía de la aseguradora. Decisión: Se hizo lugar a la demanda contra Karina Mariel Pérez Padilla y Alejandro Romero y se los condenó a abonar $15.389.500 con intereses; se hizo lugar a la defensa de falta de legitimación pasiva opuesta por LIDERAR Compañía General de Seguros S.A. por ausencia de cobertura al momento del siniestro; costas conforme lo resuelto en el considerando VIII. Reguló interés al 6% anual (interés puro) desde el 03/12/2010 para ciertos rubros y otros intereses hasta fecha de pericia para rubros que quedaron valuados a esa fecha.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal): "En tales condiciones, la prueba pericial permite tener por acreditado que al momento del siniestro la cuota correspondiente se encontraba impaga y que, de conformidad con las condiciones de la póliza, la cobertura se hallaba suspendida (v. dictamen del 20/04/2023)." "Por consiguiente, aun considerando la modalidad de pagos anteriores invocada por la actora, lo determinante para resolver la cuestión es que el 3 de diciembre de 2010 la cuota correspondiente continuaba impaga. El pago realizado el 7 de diciembre siguiente pudo rehabilitar la cobertura a partir del momento contractualmente previsto, pero no otorgar efectos retroactivos respecto de un siniestro ocurrido cuatro días antes." "De la valoración conjunta de las constancias de autos surge acreditado que la póliza Nº 5.353.520 comprendía al vehículo Mitsubishi Canter dominio BTZ-993 y que se encontraba temporalmente vigente al momento del accidente. Sin embargo, también se encuentra probado que la cuota Nº 11, cuyo vencimiento había operado el 5 de noviembre de 2010, permanecía impaga el día 3 de diciembre de 2010, fecha del siniestro, y que fue abonada recién el día 7 de diciembre siguiente. Conforme a la cláusula de cobranza del premio, dicha mora produjo automáticamente la suspensión de la cobertura. [...] En consecuencia, encontrándose acreditado que al momento del accidente la cobertura se hallaba suspendida por falta de pago, corresponde hacer lugar a la defensa de falta de legitimación pasiva opuesta por LIDERAR COMPAÑÍA GENERAL DE SEGUROS S.A. (art. 345, inc. 4° del C.P.C.)." Bloque dispositvo (FALLO): "1) Hacer lugar a la demanda entablada por Alfredo Eduardo De León contra Karina Mariel Pérez Padilla y Alejandro Romero, por daños y perjuicios. 2) Condenar a estos últimos a abonarle al primero la suma de $ 15.389.500 (quince millones trescientos ochenta y nueve mil quinientos pesos), en el plazo de diez días de quedar firme esta sentencia, con más los intereses dispuestos en el CONSIDERANDO VII de la presente, hasta su efectivo pago. 3) Hacer lugar a la defensa de falta de legitimación pasiva opuesta por LIDERAR COMPAÑÍA GENERAL DE SEGUROS S.A. (art. 345, inc. 3° del C.P.C.)."
- Votos / discrepancias: Sentencia unipersonal (Dr. Pablo L. García Pazos); no constan votos en disidencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar