ORTIZ ULDERICO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Los peticionantes promovieron la declaratoria de herederos por sucesión ab-intestato de Ulderico Ortiz y Elena Josefa Morán. El Tribunal hizo lugar a la declaratoria, disponiendo que suceden como herederos los hijos y el cónyuge conforme a los artículos aplicables del CCyCN y del CPC, y admitió la representación de las nietas en sustitución de su madre premuerta.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Solicitan la declaratoria de herederos MIGUEL ANGEL ORTIZ y las nietas MARIA SOLEDAD MIRACCO, SABRINA ESTEFANIA MIRACCO y CINTIA VANESA MIRACCO (estas últimas actuaron en representación de su madre Mabel Susana Ortiz, fallecida).
Demandado: Procedimiento sucesorio por fallecimiento de los causantes ULDERICO ORTIZ y ELENA JOSEFA MORAN.
Objeto: Se solicita la declaratoria de herederos ab-intestato y la regulación sucesoria correspondiente.
Decisión: Se dictó la declaratoria de herederos conforme a lo solicitado: por el fallecimiento de ULDERICO ORTIZ suceden sus hijos MIGUEL ANGEL ORTIZ y MABEL SUSANA ORTIZ y su cónyuge ELENA JOSEFA MORAN (en cuanto a bienes propios y derechos sobre gananciales); y por el fallecimiento de ELENA JOSEFA MORAN suceden su hijo MIGUEL ANGEL ORTIZ y, en representación de la hija prefallecida MABEL SUSANA ORTIZ, sus hijas MARIA SOLEDAD MIRACCO, SABRINA ESTEFANIA MIRACCO y CINTIA VANESA MIRACCO. Se cesó la intervención del Agente Fiscal.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Que con los certificados de defunción adjuntados al escrito de inicio, se acredita el fallecimiento de ULDERICO ORTIZ, ocurrido el dia 18 de enero de 1981 y el de ELENA JOSEFA MORAN, ocurrido el 31 de marzo de 2026, ambos decesos ocurridos en la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires"
"Que con el acta acompañada, al escrito del 10/06/2026, se acredita el matrimonio de ambos causantes, celebrado el día 29 de septiembre de 1954, en Lobería, Provincia de Buenos Aires"
"Que con los certificados adunados a la presentación electrónica ingresada el 10/06/2026, se acredita el nacimiento de los hijos del matrimonio: MIGUEL ANGEL ORTIZ y MABEL SUSANA ORTIZ, ocurridos el 27 de enero de 1952 y 2 de noviembre de 1957, respectivamente."
"Que se acompaña mediante escrito electrónico ut supra señalado el certificado de defunción de la hija de los causantes, MABEL SUSANA ORTIZ, quien falleciera el día 5 de junio de 2023"
"Que con las constancias digitales de las actas de nacimiento acompañadas, se acredita el vínculo con los causantes y se presentan Maria Soledad Miracco, Sabrina Estefania Miracco y Cintia Vanesa Miracco a hacer valer sus derechos en el presente sucesorio en representación de su madre Mabel Susana Ortiz (Art. 2427 y ccdtes. del CCyCN)."
"Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los Arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación, Arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C. DECLARO: Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por el fallecimiento de ULDERICO ORTIZ, le suceden en carácter de herederos sus hijos MIGUEL ANGEL ORTIZ y MABEL SUSANA ORTIZ y su cónyuge ELENA JOSEFA MORAN, esta última en cuanto a los bienes propios se refiere y si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que la ley le otorga sobre los gananciales.
Y por el fallecimiento de ELENA JOSEFA MORAN le suceden en carácter de herederos su hijo MIGEL ANGEL ORTIZ y sus nietas MARIA SOLEDAD MIRACCO, SABRINA ESTEFANIA MIRACCO y CINTIA VANESA MIRACCO, en representación de su madre prefallecida Mabel Susana Ortiz."
"Cése la intervención del señor Agente Fiscal. REGÍSTRESE."
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