REY MATIAS AGUSTIN Y OTRO/A C/ DI PLACIDO ANDREA ALICIA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Los actores promovieron demanda por daños y perjuicios automovilísticos y arribaron a un acuerdo transaccional entre las partes. El Tribunal homologó judicialmente el acuerdo transaccional y dispuso costas en la forma pactada, por entender que la transacción refleja la voluntad expresa de las partes (art. 308 CPCC).
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: REY MATIAS AGUSTIN y otro/a.
Demandado: DI PLACIDO ANDREA ALICIA y CORDOBA CARLOS ALBERTO (además figura citada en garantía ISELY GISELA).
Objeto: Reclamo por daños y perjuicios automovilísticos (DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE).
Decisión: Homologación judicial del acuerdo transaccional suscripto entre las partes y costas en la forma pactada. Notifíquese por Secretaría.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia):
"Que las partes han arribado al acuerdo transaccional que se expresa en la presentación electrónica a despacho, solicitando su homologación judicial por el Juzgado."
"Que representando dicha transacción una voluntad expresa de las partes, no apareciendo manifiesta, vicios dirigidos a la voluntad del mismo, y en virtud de los manifestado precedentemente y lo dispuesto por el art. 308 del CPCC; RESUELVO: 1º) Homologar el acuerdo transaccional al que han arribado las partes que da cuenta la presentación electrónica a despacho. 2°) Costas en la forma pactada. REGISTRESE."
Además se consignan en el expediente las presentaciones electrónicas mediante las cuales se adjuntó el acuerdo: presentada por la Dra. HERNANDEZ MANUELA el 17/09/2026 a las 10:26:55 hs. y por el Dr. CANSECO JULIAN FACUNDO el 20/08/2026 a las 9:42:39 hs., agregándose "el acuerdo transaccional suscripto por los demandados."
- Notificaciones: Se ordenó remitir copia digital a los domicilios electrónicos consignados para parte actora, parte demandada, parte citada en garantía y mediadora, conforme art. 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos (Ac. 4013/2021 SCBA).
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