BLANCO LILIANA ANGELICA S/ MATERIA A CATEGORIZAR
Solicitud de rectificación de asiento de defunción para completar datos omitidos de la antepasada. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó incorporar la fecha de nacimiento, nacionalidad y nombres de progenitores en el Acta de Defunción Nro 137, Folio 35 de Miramar, por hallarse acreditados los documentos aportados y la legitimación de la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Liliana Angélica Blanco, DNI 11.471.607, representada por la Dra. Florencia Belén Palmieri.
Demandado: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas (ofíciese para la inscripción).
Objeto: Rectificación/ incorporación de datos omitidos en el Acta de Defunción Nro 137, Folio 35 labrada en Miramar el 15/10/1980 (fallecimiento 13/10/1980) de Josefa Berdial Novo: fecha de nacimiento (6/9/1891), nacionalidad (española; Provincia de León, Municipio de Ponferrada) y nombres de sus progenitores (Andrea Novo Rodríguez y Pedro Berdial Carrera), con el fin, entre otros, de efectuar trámites ante el Consulado de España.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda de rectificación y se mandó a rectificar/agregar en el certificado de defunción los datos indicados; no se impusieron costas; se regularon honorarios de la abogada en 20 jus arancelarios; librarse oficio de estilo al Registro y devolución de documentación reservada en Secretaría.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"La presente acción judicial tiene por finalidad que la suscripta ordene la rectificación de una partida de defunción, en lo concerniente a los datos erróneamente consignados en relación a la edad de deceso del causante y la omisión de los nombres de los progenitores del mismo."
"En mi opinión, el juego armónico de las disposiciones citadas permite colegir que el legislador aporta dos alternativas para el justiciable: el trámite judicial o el administrativo. De tal suerte, cabe concluir que la intervención de la justicia en el trámite resulta pertinente."
"Tengo para mí que se encuentra acreditado que : a) La Sra. Josefa Berdial Novo; Acta de Defunción nro 137, Folio 35 labrada en la ciudad de Miramar el 15 de octubre de 1980 fallecida ese día, Nacida el día 6 de Septiembre de 1891; su nacionalidad era española (Provincia de León, Municipio de Ponferrada ); sus padres eran : Andrea Novo Rodríguez y Pedro Berdial Carrera. Asimismo, mediante presentación electrónica de fecha 24/8/2026, el Ministerio Público Fiscal dictamina favorablemente a la petición efectuada. Por lo tanto, corresponde hacer lugar a la rectificación solicitada."
Bloque dispositivo (FALLO):
"1.
- Haciendo lugar a la demanda de rectificación de partida promovido por Liliana Angélica Blanco, mandando a rectificar/agregar en el certificado de defunción Acta Nro 137, Folio 35 labrada en la ciudad de Miramar el 15 de octubre de 1980; que la Sra. JOSEFA BERDIAL NOVO fallecida ese día, Nació el día 6 de Septiembre de 1891; su nacionalidad era española (Provincia de León, Municipio de Ponferrada ); sus padres eran : Andrea Novo Rodríguez y Pedro Berdial Carrera.
3.
- No se imponen costas atento el carácter voluntario del proceso (doctrina del art. 68 del CPCC).
4.
- Regulando los honorarios del Dra. Florencia Belen Palmieri en la suma de 20 (VEINTE CON 0/100) Jus arancelarios...
5.
- Firme la presente, líbrese oficio de estilo al Registro del Estado Civil, a sus efectos y procédase a la devolución de la documentación reservada en Secretaría.
6.-Dése vista al Sr. Agente Fiscal.
REGISTRESE Y NOTIFIQUESE."
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