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GUTIERREZ, OMAR ALFREDO c/ ANSES s/EJECUCIÓN PREVISIONAL

Ejecución previsional contra ANSES por retroactivos y liquidación final. La Cámara Federal de Rosario aprobó la planilla pericial del 17/05/2026, confirmó los honorarios fijados por el juez de primera instancia el 31/03/2023 e impuso las costas a la demandada, regulando además los honorarios de Alzada en el 30% de los de primera instancia.

Costas Honorarios Confirmacion Anses Camara federal de rosario Ejecucion previsional Planilla pericial Ley 27.423 C.p.c.c.n. art. 68 Regulacion de honorarios de alzada


¿Quién es el actor?

GUTIERREZ, OMAR ALFREDO.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Ejecución previsional; revisión y aprobación de planilla pericial de retroactivos y cuestionamiento de la regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara aprobó la planilla practicada por el perito con fecha 17 de mayo de 2026, confirmó los honorarios fijados en la sentencia del 31 de marzo de 2023, impuso las costas a la demandada vencida y reguló los honorarios de los profesionales actuantes en esta Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Volvieron los autos a los fines de analizar la nueva planilla practicada por el perito, el 17 de mayo de 2026, atento lo ordenado por esta Sala mediante acuerdo de fecha 07 de abril de 2026... Analizando esta nueva liquidación, se constata que las pautas ordenadas para su reconfección fueron cumplidas, por lo que corresponde su aprobación." "Atento a lo normado por los artículos 16, 19, 21, 41, 51 y 61 de ley 27.423 y 478 del C.P.C.C.N., y teniendo en cuenta las etapas efectivamente cumplidas, la extensión y calidad de la labor desarrollada y el resultado obtenido, se advierte que las sumas reguladas se encuentran dentro de los porcentajes fijados por la normativa aplicable y a su vez, representan retribuciones adecuadas a las circunstancias del caso. En consecuencia, corresponde confirmar la resolución apelada en este aspecto." "En relación a las costas devengadas en la alzada, se imponen a la demandada vencida (artículo 68 del C.P.C.C.N.)."
- Disidencia/relevancia: No participó del acuerdo el Dr. Fernando Lorenzo Barbará por haber cesado en sus funciones; no obra en autos voto en disidencia que altere la solución adoptada por la mayoría.

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