LORENZATTI, RAUL JULIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES solicitando reajustes varios de sus prestaciones previsionales. La Cámara Federal de Rosario declaró desierto el recurso de apelación, declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, impuso las costas a la demandada y fijó honorarios de Alzada en el 10% de lo que se determine en primera instancia.
¿Quién es el actor?
LORENZATTI, Raúl Julio.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo por "REAJUSTES VARIOS" de prestaciones previsionales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la demandada; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 157/2018 e impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida. Además, reguló los honorarios de los profesionales actuantes en la Alzada en el 10% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (textos transcritos):
"La parte demandada fue notificada en los términos del artículo 259 del C.P.C.C.N. mediante cédula electrónica y no presentó su memorial de agravios en tiempo y forma. Por lo tanto, en virtud del tiempo transcurrido y lo previsto por el artículo 266 del C.P.C.C.N. corresponde declarar desierto el recurso interpuesto."
"En lo concerniente a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'Morales, Blanca Azucena' (Fallos: 346:634), mediante sentencia del 22 de junio de 2023, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 68 del CPCCN, por remisión del artículo 36 de la ley 27.423."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva final; la decisión indicada corresponde al acuerdo de la Sala.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: