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GONZALEZ, MARTA c/ ANSES s/EJECUCIÓN PREVISIONAL

La actora promovió ejecución previsional contra ANSeS por reajustes y aprobación de planilla practicada. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de grado, revocó la regulación de honorarios de la perito contadora fijándolos en $58.014 (3 UMA), declaró inoficioso el recurso contra el decreto del 11/7/2023 e impuso costas a ANSeS, regulando además honorarios de alzada en 30% de lo fijado en primera instancia.

Costas Impuesto a las ganancias Revocacion Interes moratorio Uma Anses Honorarios perito Camara federal de rosario Ejecucion previsional Ley 27.423


¿Quién es el actor?

GONZALEZ, Marta.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Ejecución previsional para aprobación de planilla practicada por perito, cobro de reajustes y prestaciones; impugnaciones a la liquidación, cuestiones sobre retención de impuesto a las ganancias, intereses moratorios, y regulación de honorarios y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia en los términos del Acuerdo, revocó la regulación de honorarios de la perito contadora debiendo estarse a lo dispuesto en el considerando 4° (fijándolos en $58.014, equivalente a 3 UMA), declaró inoficioso el tratamiento del recurso contra el decreto de fecha 11/07/2023, impuso las costas a la demandada sustancialmente vencida y reguló los honorarios de los profesionales de Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (textos tomados del fallo): "En consecuencia, corresponde confirmar la sentencia apelada." "Respecto al honorario de la perito contadora, teniendo en cuenta el monto de la planilla que por el presente acuerdo se confirma, la extensión y calidad de las tareas efectivamente desarrolladas, el resultado obtenido y lo establecido por los artículos 16, 19, 20, 24, 30, 41, 51 y 61 de la ley 27.423 y 478 del CPCCN, se advierte que la suma regulada resulta elevada a fin de representar una retribución adecuada a las circunstancias del caso. Por ende, corresponde revocar en este aspecto la resolución recurrida y fijar el honorario de la perito contadora GOLDSMIT VICTORIA JUDIT en la suma de cincuenta y ocho mil catorce pesos ($ 58.014), equivalente a 3 UMA." "En relación a las costas devengadas en la alzada, estimo justo imponerlas a la demandada sustancialmente vencida (artículos 68 del C.P.C.C.N. y 36 Ley 27.423)." Además, el voto alude a la doctrina de la Corte Suprema respecto de la retención del impuesto a las ganancias y confirma el criterio seguido en precedentes (rechazando el agravio en ese punto), y declara inoficioso el tratamiento del recurso contra el decreto del 11/7/2023 por lo resuelto respecto de la apelación principal.
- Disidencias: No existe voto en disidencia relevante; se deja constancia de que el Dr. Fernando Lorenzo Barbará no participó del Acuerdo por haber cesado en sus funciones.

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