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ROSENZVAIG OSCAR S/ SUCESION AB-INTESTATO

Solicitud de declaración de herederos por fallecimiento de Oscar Rasenzvaig. El Tribunal hace lugar al pedido y declara como herederos universales a sus hijos Gabriela Ida, Patricia Elena y Mario Osvaldo Rosenzvaig, y a su cónyuge Frida Moscovich en cuanto a bienes propios y con los derechos que la ley le reconoce respecto de los bienes gananciales.

Codigo civil y comercial Sucesion Hijos Conyuge Declaracion de herederos Herederos universales C.p.c.c. Edicto negativo Obito 12/04/2022 Matrimonio 14/11/1957

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Los pretensos herederos que actúan mediante presentación (Gabriela Ida, Patricia Elena y Mario Osvaldo ROSENZVAIG y Frida MOSCOVICH). Demandado: Sucesión de Oscar RASENZVAIG / causante Oscar RASENZVAIG (fallecido). Objeto: Se solicita la declaración de herederos por fallecimiento del causante. Decisión: Se declara, en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de OSCAR RASENZVAIG le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Gabriela Ida, Patricia Elena y Mario Osvaldo ROSENZVAIG y su cónyuge Frida MOSCOVICH (esta última en cuanto a los bienes propios si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los bienes gananciales). Se registren y notifíquense las actuaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes del fallo): "1º) Que con la partida de defunción agregada en archivo PDF al escrito PARTIDA
- ACOMPAÑA (241400438028399004) de fecha 26 de Febrero de 2026 se acredita el fallecimiento de Don OSCAR RASENAZVAIG, ocurrida el día 12 de Abril de 2022. 2º) Que conforme la partida de matrimonio agregada en archivo PDF al escrito DEMANDA
- SE PRESENTA (251700438028296339) de fecha 11 de Febrero de 2026 el causante había contraído matrimonio con Doña Frida MOSCOVICH, el día 14 de Noviembre de 1957. 3º) Que de esa unión, nacieron: Gabriela Ida, Patricia Elena y Mario Osvaldo ROSENZVAIG (ver las partidas de nacimiento agregadas en archivo PDF a la presentación precitada). 4º) Que según informa el Actuario en este acto en los términos del art. 116 del C.P.C.C., se ha constatado en https://www.boletinoficial.gba.gob.ar que el edicto de ley que prescribe el art. 734 inc. 2º del C.P.C.C. se publicó en el día 3 de Junio de 2026, sobre cuyo resultado negativo también informa el Sr. Actuario en este acto. Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del C.P.C.C., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de OSCAR RASENAZVAIG le suceden en carácter de universales herederos, sus hijos: Gabriela Ida, Patricia Elena y Mario Osvaldo ROSENZVAIG y su cónyuge, Frida MOSCOVICH, esta última en cuanto a los bienes propios si los hubiere y sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los bienes gananciales." Notificaciones: "NOTIFIQUESE en forma directa por Secretaría al domicilio electrónico: 27244245396@notificaciones.scba.gov.ar en virtud del Reglamento para las notificaciones por medios electrónicos (Ac. SCBA 4013, t.o. AC.4039/2021), sin que sea necesaria respuesta de la parte a quien se dirige la notificación."

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