PUMA SALTO S.R.L. C/ CONEXA S.A S/ COBRO ORDINARIO DE SUMAS DE DINERO
Puma Salto S.R.L. reclamó el cobro de $62.360 por venta de 4.000 litros de gasoil; Conexa S.A. opuso como defensa la alegada adulteración del combustible y la rotura de la bomba inyectora de un tractor. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenó a Conexa S.A. al pago actualizado según valor del litro de Diesel PUMA ENERGY y aplicó intereses del 6% anual, con costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: PUMA SALTO S.R.L.
Demandado: CONEXA S.A.
Objeto: Cobro ordinario de sumas de dinero por factura N° 0017-00000561 (25/01/2017) por la venta de 4.000 litros de gasoil por $62.360, con más actualizaciones, intereses y costas.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a CONEXA S.A. a abonar a PUMA SALTO S.R.L. la suma que resulte de la liquidación conforme las pautas fijadas en el Considerando II (actualización al valor del litro de gasoil PUMA ENERGY publicado en "naftahoy.com" al momento del pago y aplicación de interés puro del 6% anual desde la fecha de la factura hasta el efectivo pago). Las costas se imponen a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"1).
- Se encuentra reconocido por las partes la operación de compra-venta de gas oil por parte de Conexa S.A. a la actora, cuyo pago se reclama en autos. Asimismo, en base a los dichos de las partes en los escritos de demanda y contestación, y no habiéndose producido prueba en contrario, cabe entender que la operación fue realizada al contado (arts. 1141 inc. a y 1145 del CCCN)."
"3).
- La pericia contable fue presentada el 05/11/2025. ... De la revisión efectuada sobre la documental aportada por Conexa S.A. (Libro IVA Compras
- febrero 2017, Ficha de Cuenta Corriente), se desprende que la empresa registró efectivamente una operación comercial con PUMA SALTO S.R.L. durante el mes de enero de 2017, por la compra de 4.000 litros de gasoil Energy Diesel por un importe total de $62.360,00".
"4).
- ... En base a ello, teniendo en cuenta además que todos los testigos propuestos por Conexa S.A. dijeron ser empleados de dicha firma, por lo que sin perjuicio de resultar válidas las declaraciones, sus dichos deben ser analizados con extremo rigor crítico (SCBA, Ac. 55.631, 28/VI/1994), considero que esta prueba resulta insuficiente para probar la excepción de incumplimiento interpuesta (arts. 163, 375, 382, 384, 456 y ccs. del CPCC; arts. 3, 9, 724, 1031 y ccs. del CCCN). Consecuentemente, cabe abrir paso a la demanda por la suma reclamada de $ 62360."
"En la reconocida sentencia de fecha 17/04/2024 el Superior Tribunal provincial declaró la inconstitucionalidad sobrevenida del artículo 7 de la Ley 23.928 (texto según Ley 25.561), en cuanto prohíbe la actualización monetaria o la indexación de créditos para las obligaciones dinerarias y asimismo, sentó los criterios para la determinación de las deudas de valor y dispuso una serie de directrices para delimitar el alcance de la indexación."
"En base a estos principios sentados por la SCBA, concluyo que el monto reclamado ($ 62.630) ... deberá tomarse al valor del litro de gas oil (Diesel) marca PUMA ENERGY que publica el sitio web 'naftahoy.com' (que al día de hoy fija en $ 2.227) a la fecha del efectivo pago. A dicha suma corresponde aplicar intereses a una tasa pura del 6% anual desde la fecha de emisión de la factura (25/01/2017 y hasta el efectivo pago ...)."
Dispositivo final transcripto: "Haciendo lugar a la demanda interpuesta por PUMA SALTO S.R.L. contra CONEXA S.A. y en consecuencia, condenando a ésta a que dentro del término de diez días de quedar firme o ejecutoriada la presente, abone a la actora la suma que resulte de la liquidación que deberá practicarse en base las pautas establecidas en el Considerando II. Con costas a la demandada perdidosa."
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