SAAVEDRA, MARIA MANUELA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/REAJUSTE DE HABERES
Reclamo por reajuste de haberes previsionales y actualización de aportes. La Cámara Federal de Paraná hizo lugar parcialmente a la apelación de ANSES, declaró inconstitucional la Resol. 56/18 (en cuanto excluye el ISBIC hasta feb-2009), revocó la imposición de costas de primera instancia y confirmó lo demás de la sentencia.
¿Quién es el actor?
SAAVEDRA, María Manuela (beneficiaria de haber previsional bajo la ley 24.241).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste y movilidad del haber previsional; actualización de los aportes y recalculo del haber inicial conforme precedentes “Makler” y “Elliff”; cuestionamiento de índices de actualización (ISBIC vs. RIPTE) y prestaciones (PBU).
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES; se revoca la imposición de costas en primera instancia y se ordena distribuirlas en el orden causado conforme al art. 36 ley 27.423; se declara de oficio la inconstitucionalidad de la Resolución 56/18 de ANSES (ratificada por Res. 1/2018 SSS) en cuanto implica la inaplicabilidad del índice ISBIC para actualizar aportes en relación de dependencia hasta febrero de 2009; se confirma la sentencia en todo lo demás; se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e, imponiéndose las costas de esta instancia a ANSES por haber quedado vencida en lo sustancial; se regulan honorarios a la letrada de la actora en 32% de lo que se determine en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Se concluye, entonces, que toda norma dictada por la ANSES o por resolución ministerial que se oponga a la utilización del índice ISBIC para actualizar los aportes efectuados en relación de dependencia hasta el mes de febrero del 2009 resulta inválida y así debe resolverse."
"En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio propuesto, revocar la imposición efectuada en primera instancia y distribuirlas en el orden causado en virtud del resultado arribado -art. 36 ley 27.423, última parte-."
"Que, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (FCR 2149166/2011, sentencia del 22/06/2023), corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia a la ANSES vencida en lo sustancial, conforme lo establecido en el art. 68, primer párrafo, del CPCCN."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; los tres jueces adhieren al mismo voto mayoritario.
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