Incidente Nº 2 - ACTOR: CUDINA, NORMA ALICIA DEMANDADO: SWISS MEDICAL S.A. s/INC APELACION
Acción de amparo dirigida contra Swiss Medical y el Estado Nacional por aumentos en cuotas de medicina prepaga y por la constitucionalidad del DNU 70/2023. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación de Swiss Medical y confirmó la sentencia de primera instancia, por estimar los incrementos abusivos y corresponder la declaración de inconstitucionalidad parcial del DNU y la restitución/regularización de cuotas, con costas y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Sra. N.A.C., representada por la Dra. Laura Maures y el Dr. Eugenio Heras (actora).
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL MEDICINA PRIVADA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
- Objeto de la demanda: Acción de amparo con medida cautelar para que la empresa deje sin efecto aumentos de cuota de la actora dispuestos por DNU 70/2023; declaración de inconstitucionalidad de artículos 265, 267 y 269 del DNU 70/2023 y restitución/regularización de montos cobrados.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por Swiss Medical y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en lo materia de apelación y agravios; se impusieron las costas a la demandada vencida; y se regularon los honorarios profesionales (Dra. Laura Maures 7,2 UMA = $750.384; Dr. Eugenio Heras 2,88 UMA = $300.153,6; Dra. Andrea Eliana Torres 1,5 UMA = $156.330), con la advertencia sobre forma de pago en moneda legal según valor UMA vigente. Decisión unánime de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza.
- Fundamentos principales (transcripción literal de los párrafos relevantes):
"En los presentes obrados, las circunstancias que motivaron la declaración de inconstitucionalidad del DNU 70/23, resultan análogas a las analizadas en tales oportunidades por este Tribunal. Nótese que al interponer demanda (abril de 2024), la parte actora acreditó desde la entrada en vigencia del DNU 70/23, y en tan sólo 3 meses, un incremento en el valor de la cuota superior al 103%."
"En función de lo expuesto, corresponde rechazar el planteo recursivo de la demandada y confirmar la sentencia apelada."
"En definitiva, no se advierte desproporcionalidad entre las tareas desplegadas y el monto resultante de la regulación, ni existen motivos que justifiquen su modificación, por lo que corresponde confirmarla."
- Votos y disidencias: Voto del Dr. Gustavo Castiñeira de Dios como proponente; los Dres. Manuel Alberto Pizarro y Juan Ignacio Pérez Curci adhirieron. Resolución unánime; no hubo disidencia.
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