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BNA c/ CARMONA, YOHANA MARIELA s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO

El Banco de la Nación Argentina reclamó el cobro de $446.191,58 más intereses por uso de tarjeta de crédito. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, condenó a Yohana Mariela Carmona al pago en diez días y la condenó al pago de las costas, difiriendo regulación de honorarios.

Costas Rebeldia Cobro de pesos Tarjeta de credito Banco de la nacion argentina Interes tasa activa 58 Art. 356 cpccn Regulacion de honorarios diferida. Nativa mastercard Deuda $446.191


¿Quién es el actor?

BANCO DE LA NACION ARGENTINA.
- Demandada: Yohana Mariela CARMONA.
- Objeto de la demanda: Cobro de pesos por deuda derivada de uso de tarjeta de crédito “NATIVA MASTERCARD” por la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y UNO CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($446.191,58), más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la demandada al pago, en el término de diez días, de la suma indicada en el considerando 4) ($446.191,58 más intereses desde septiembre de 2023 hasta su efectivo pago). Se la condenó en costas, difiriéndose la regulación de honorarios conforme al considerando 5).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "1) Cabe poner de manifiesto, en primer término, que la accionado dejó de contestar la demanda presentada en su contra, a pesar de haber sido legalmente notificada, conforme constancia de fecha 30 de junio de 2026, por lo que su silencio es considerado como reconocimiento de los hechos, atento lo dispuesto por el art. 356, inc. 1° del CPCCN." "2) El Banco actor fundamentó, a través de la prueba documental aportada, los extremos de su pretensión. Acompañó la solicitud de tarjeta de crédito, su anexo y resolución, resumen de tarjeta, carta documento y certificado de saldo deudor en el inicio de la demanda." "3) Como consecuencia de lo afirmado y, en virtud de lo dispuesto en el artículo mencionado supra, cabe concluir que la acción intentada por la actora resulta procedente dado el incumplimiento contractual incurrido por la demandada quien no abonó el crédito otorgado oportunamente a su favor, del cual hizo uso. En efecto, el Banco justificó el origen de la deuda, cual es, los mutuos que operaron a través de la tarjeta de crédito “NATIVA MASTERCARD”, como así el saldo impago por parte de la accionada." "4) Consecuentemente, la demandada deberá abonar a la actora la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y UNO CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($446.191,58), con más un interés igual al promedio de la tasa activa que cobra el Banco de La Nación Argentina en sus operaciones comunes de descuento, desde septiembre de 2023 hasta su efectivo pago." "5) Costas a la parte demandada vencida (art. 68 del CPCCN), difiriendo la regulación de los honorarios de los profesionales intervinientes hasta tanto se establezca la base para estimarlos –capital + intereses-, conforme arts. 16, 20, 21, 22 y 58 de la ley 27423."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en la sentencia.

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