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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: DI PRESSA, NICOLAS ADOLFO JOSE s/ROBO

Imputado por robo fue condenado mediante juicio abreviado a cinco meses de prisión y declarado reincidente. La Cámara (Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°22) homologó el acuerdo y fijó pena de cumplimiento efectivo, costas y vencimiento el 8/2/2027, con caducidad de registro el 8/2/2037.

Costas procesales Robo Reincidencia Juicio abreviado Pena de prision efectiva Computo de pena Articulo 431 bis cppn Articulo 50 cp Secuestro de objeto Toc n?22


- Actor (parte acusadora): Ministerio Público Fiscal (Fiscal Marcelo Martínez Burgos).
- Demandado (imputado): Nicolás Adolfo José Di Pressa (DNI 49.064.742).
- Objeto de la demanda: Juicio por el delito de robo — sustracción mediante uso de fuerza de una cadena con dije color dorado con forma de corazón, ocurrida el 9/9/2026 en inmediaciones de la estación de subterráneos "9 de julio".

¿Qué se resolvió?

Se condenó a Nicolás Adolfo José Di Pressa a la pena de cinco meses de prisión y al pago de las costas procesales por ser autor penalmente responsable del delito de robo; además se lo declaró reincidente en los términos del artículo 50 del Código Penal (Ley 27.785), se fijó el vencimiento de la pena para el 8/2/2027 y la caducidad del registro para el 8/2/2037. Se ordenó notificar a la víctima (art. 11bis Ley 24.660) y formar legajo de condenado, entre otras medidas de cumplimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): 1) "Atribuyo a Nicolás Adolfo José Di Pressa, el haber sustraído, mediante el uso de la fuerza, de una cadena con un dije color dorado con forma de corazón, propiedad de Tania Terezihna Sacaramussa... que el aquí imputado le arrebató de su cuello una cadena con un dije que llevaba, para luego darse a la fuga... siendo seguido por Everton Moraes Azevedo... hasta que personal policial logra su detención... Es así, que una vez identificado y detenido, así como se le secuestró dentro de sus pertenencias, solamente el dije mencionado." 2) "Los elementos probatorios incorporados a la etapa preliminar resultan suficientes para ratificar el reconocimiento del hecho por parte del imputado... completan el cuadro probatorio las actas de detención, junto con las declaraciones testimoniales... el acta de secuestro del dije, como también las visas fotográficas y el peritaje realizado a su respecto..." 3) "En síntesis, he de homologar el acuerdo efectuado por las partes por las consideraciones que se realizarán seguidamente... consecuentemente, una pena acorde a los hechos traídos a mi estudio determina como justa la aplicación en la especie de cinco meses de prisión." 4) Sobre reincidencia: "En efecto, según surge de las certificaciones efectuadas, con fecha 17 de julio de 2025, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 30, en la causa 34727/25, condenó al nombrado a la pena de un año y dos meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas. Asimismo, se lo declaró nuevamente reincidente... corresponde declararlo nuevamente reincidente, en los términos del artículo 50 del Código Penal, según la redacción de la Ley 27.785."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el texto provisto; la Parte Resolutiva final refleja la decisión del Tribunal.

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