MOREL ESTEBAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo de reajustes previsionales promovido por Morel Esteban contra ANSeS por Reajustes Varios. La Cámara revocó en parte y confirmó en lo demás la sentencia apelada, difiriendo el tratamiento de la PBU y del precedente Villanustre para la etapa de ejecución, y fijando costas a la demandada vencida.
¿Quién es el actor?
Morel Esteban.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de un haber previsional adquirido el 1/6/2021 (TO Ley 27.609); impugnación de diversos métodos de actualización y normas (entre ellas artículos de las leyes 24.463, 24.241, 26.417, 27.426, 27.541 y decretos conexos), y cuestionamientos sobre aplicación de precedentes (Villanustre, Makler) y de la Resolución SSS Nº6/2009.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): La Cámara, por mayoría, resolvió revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surgen los considerandos precedentes y confirmarla en lo demás que decide y fue materia de agravios; diferir el tratamiento de la PBU (Prestación Básica Universal) y del precedente de la CSJN "Villanustre" para la etapa de ejecución; diferir la regulación de honorarios de primera instancia; imponer las costas de ambas instancias a la demandada vencida; y regular los honorarios de la representación letrada de la parte actora por su actuación ante la Alzada en el 30% de la suma que se fije por su trabajo en primera instancia, más IVA en su caso. Se devuelven las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"De forma preliminar, corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la fecha de adquisición del beneficio que se pretende reajustar es el 1/6/21, en vigencia de la TO Ley 27.609."
"Respecto al agravio que versa sobre la actualización de las remuneraciones utilizadas para el cálculo del haber inicial, atento a que todas las remuneraciones utilizadas para dicho cálculo son posteriores a marzo de 2009, corresponde rechazar los agravios intentados al respecto debido a que el actor no lograr demostrar el perjuicio concreto que la aplicación de la normativa cuyo desplazamiento pretende le irroga."
"En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 (conf Fallo: CSJN 'Rapisarda José León c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', Sent. Fecha 06/08/2015, R. 680. XLVI. RHE ) en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredita que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente."
"Respecto al art. 26 de la ley 24.241, corresponden diferir su análisis para la etapa de ejecución de sentencia, ya que es en dicha instancia cuando se podrá verificar el perjuicio concreto que su aplicación pudiera ocasionar."
"En relación con el agravio vertido referente a la doctrina fijada por la CSJN en los autos: 'Villanustre, Raúl Félix s/ jubilación', Sent. Fecha 17/12/1991, 30/1988-V-22-RHE , difiérase su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia, momento en cual podrá evaluarse concretamente su aplicación al caso."
"En cuanto a las costas de ambas instancias las mismas habrán de imponerse a la demandada vencida (conf. Art. 68, párr. 1º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación...)."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia; el Dr. Carnota adhiere al voto que encabeza el decisorio. El acuerdo final es el transcripto arriba y rige sobre propuestas individuales.
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