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RAISING GASTON DARIO C/ HEALT MEDICAL S.A. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Reclamo por daños y perjuicios por complicaciones postoperatorias tras cirugía bariátrica y falta de control postoperatorio. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a los médicos intervinientes, al sanatorio y a la obra social a pagar $21.600.000 más intereses, por impericia y falta de diligencia y en aplicación del deber de garantía del establecimiento y de la obra social.

Danos y perjuicios Mala praxis medica Responsabilidad de la obra social Art. 118 ley 17.418 (citacion en garantia) Cirugia bariatrica / gastrectomia en manga Impericia / negligencia / imprudencia Deber de seguridad del sanatorio Pericia medica (negligencia constatada) Indemnizacion $21.600.000 Intereses y costas observaciones breves: la sentencia valora especialmente el dictamen pericial (dra. carolina cejas) y la documental (historias clinicas Diligencia de secuestro) Concluye la existencia de culpa medica y obligacion de garantia del sanatorio y de la obra social Hace extensiva la condena a las aseguradoras citadas en garantia en los limites de sus polizas.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Gastón Darío Raising, representado por Dra. Silvia Abadie. Demandado: Dra. María del Carmen Burgui; Dr. Norberto Pascal; Dra. María Silvina Cetra; Sanatorio Modelo de Caseros S.A.; Health Medical S.A.; y se hizo extensiva la sentencia a las aseguradoras citadas en garantía (Prudencia y SMG). Objeto: Daños y perjuicios derivados de mala praxis médica por cirugía bariátrica practicada el 5/5/2016 (reclamos por incapacidad sobreviniente, daño psicológico, tratamiento psicológico, daño moral, gastos médicos y farmacéuticos), por un total pretendido inicialmente de montos varios; peticiona indemnización, intereses, costas. Decisión: Se hace lugar a la demanda y se condena a las personas y entidades indicadas a pagar al actor PESOS VEINTIÚN MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 21.600.000), con más intereses en la forma prevista en la sentencia; costas a los demandados; la sentencia se hace extensiva a las aseguradoras citadas en garantía que responderán dentro de los límites de sus pólizas (art. 118 ley 17.418). Plazo de pago: diez (10) días de aprobada la liquidación que practique la actora una vez consentida la sentencia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales): "I) Que teniendo por objeto la presente acción el reclamo de daños y perjuicios derivado de una mala praxis médica debo señalar que conforme ha sido entendido: 'La obligación principal a prestar por los profesionales del arte de curar (salvo excepciones) consiste en una actividad calificada y técnica y científicamente en pos de la curación, mejoría o alivio del paciente, pero sin prometer ni obligarse a tal curación o alivio... la responsabilidad de los médicos es de medios y no de resultado'..." "XIV) Que en torno a la prueba en los autos caratulados: 'Raising Gastón Dario s/ Diligencias Preliminares'... surge que la actora solicitó el secuestro de la historia clínica... y en cuya diligencia se acompaña... la historia clínica, y constancias que da cuenta de la internación y de la atención recibida por el actor, las que resultan coincidentes con las acompañadas por las partes en estas actuaciones en copias." "XXVI) ...Se considera en referencia al índice de masa corporal que presentaba el actor antes de la cirugía no surge objetivamente que teniendo un peso de 116 kg, tal como el manifestó y una altura de 1.86m, haya sido portador de una obesidad mórbida. ... Surge del consentimiento informado correspondiente al equipo de la Dra. Burgui, que el actor firmo dicho consentimiento para que se lleve a cabo una cirugía llamada 'BYPASS GASTRICO', no obstante, surge del protocolo quirúrgico que esa cirugía no se realizó y en su reemplazo le realizaron la cirugía llamada 'manga gástrica' y el actor se enteró luego de haber sido intervenido." "XXVIII) ...la perito... encontrando la perito en autos negligencia (descuido en el actuar), imprudencia (olvido de las precauciones que la prudencia aconseja) e impericia (falta de pericia y habilidad en una ciencia o arte), en cuanto a la atención brindada a la actora." "XXXV) Que en mérito de las consideraciones hasta aquí vertidas, entiendo que se ha acreditado de manera acabada la responsabilidad en el evento de autos respecto del la Dra. Maria del Carmen Burgui, el Dr. Norberto Pascal y la Dra. Maria Silvina Cetra... no habiendo los mismos podido probar en orden a la posibilidad que tenía que el daño era inevitable..." "FALLO: 1º) Haciendo lugar a la demanda por daños y perjuicios impetrada por GASTON DARIO RAISING contra la Dra. MARIA DEL CARMEN BURGUI, el Dr. NORBERTO PASCAL, la Dra. MARIA SILVINA CETRA, el SANATORIO MODELO DE CASEROS SA y la OBRA SOCIAL HEALTH MEDICAL SA y en consecuencia, condenando a estos últimos a abonar al actor la suma de PESOS VEINTIUN MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 0/100 ($ 21.600.000), con más sus intereses...; 2°) Imponiendo las costas de la demanda a la parte demandada...; 3°) Haciendo extensiva la presente sentencia a las citadas en garantía 'PRUDENCIA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A.' y 'SMG CÍA. ARGENTINA DE SEGUROS S.A'..."
- Votos/deliberación: La sentencia es de primera instancia dictada por la Jueza Dra. Gladys Mabel Zaldúa; el bloque dispositivo final contiene la decisión mayoritaria y vinculante (no constan votos contradictorios en el cuerpo del pronunciamiento).

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