ALEMAN CRISTIAN ALBERTO Y OTRO/A C/ EL NUEVO HALCON SA Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Los actores reclamaron indemnización por daños y perjuicios por lesiones sufridas como pasajeros en un accidente de colectivo ocurrido el 12/7/2015. El Tribunal rechazó la demanda contra El Nuevo Halcón S.A. por entender acreditado el hecho del tercero (colisión por alcance del interno 841 de la línea 129) y hizo lugar a la acción contra Transportes Automotores Plaza SACEI y su aseguradora, condenándolos a indemnizar a los actores.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ALEMAN CRISTIAN ALBERTO y GONZALEZ KATHERINE ABIGAIL, representados por Dr. César Maximiliano Bolsi.
Demandado: EL NUEVO HALCON S.A. (titular/operador del interno 2 de la línea 148) y su aseguradora MUTUAL RIVADAVIA; por citación de terceros fueron traídos TRANSPORTES AUTOMOTORES PLAZA SACEI y PROTECCION MUTUAL DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS (por el interno 841 de la línea 129).
Objeto: indemnización por daños y perjuicios por lesiones sufridas en accidente de transporte público ocurrido el 12/07/2015; monto reclamado $1.322.000 y demás rubros.
Decisión: Se rechazó la demanda contra EL NUEVO HALCON S.A. y su aseguradora; se hizo lugar a la demanda contra TRANSPORTES AUTOMOTORES PLAZA SACEI y su aseguradora, condenándolos a pagar las sumas fijadas por incapacidad física, daño moral y gastos (con actualización por IPC e intereses y costas).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Dicho esto, y habiendo analizado todo el andamiaje probatorio, concluyo que el micro en el que se trasladaban los actores KATHERINE ABIGAIL GONZÁLEZ y CRISTIAN ALBERTO ALEMAN, propiedad de la empresa demandada 'El Nuevo Halcon S.A' interno 2, de la línea 148, Ramal H, fue embestido desde atrás por el micro ómnibus de la linea 129 de los terceros citados en este proceso. Circunstancia esta que me permite eximir la culpabilidad y consecuente responsabilidad de la parte demandada; toda vez que las constancias obrantes en la causa no hacen más que corroborar la eximente por ellos alegada, habiéndose excluido totalmente la responsabilidad objetiva que el art. 1113 del Código Civil impone al dueño o guardián del demandado originario 'El Nuevo Halcon S.A' (arts. 375, 384 del CPCC)."
"En base a estas consideraciones, encontrándose acreditado en autos la configuración de la eximente legal, hecho del tercero por el cual el transportista no es civilmente responsable, que interrumpe el nexo causal entre los pasajeros (actores) y la empresa de transporte EL NUEVO HALCON SOCIEDAD ANONIMA por los alegados daños y perjuicios reclamados en autos, razón por la cual la demanda deducida habrá de ser desestimada atento lo normado por los arts. 184 del Código de Comercio, 514, 1109, 1113 y cctes del Código Civil, respecto de EL NUEVO HALCON SOCIEDAD ANONIMA y su citada en garantía MUTUAL RIVADAVIA DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS. Debiendo prosperar la demanda respecto del tercero citado TRANSPORTES AUTOMOTORES PLAZA SACEI en su calidad de propietario del INTERNO 841 LINEA 129 y su citada en garantía PROTECCION MUTUAL DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS, por resultar civilmente responsable de los daños sufridos por los actores KATHERINE ABIGAIL GONZÁLEZ y CRISTIAN ALBERTO ALEMAN, conforme lo establecido (arts. 384 y cctes, del CPCC)."
Dispositivo final:
"FALLO: I).
- Rechazar la demanda promovida por la Sra. KATHERINE ABIGAIL GONZÁLEZ y el Sr. ALEMAN CRISTIAN ALBERTO contra EL NUEVO HALCON SOCIEDAD ANONIMA y su citada en garantía de MUTUAL RIVADAVIA DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS. II).
- Haciendo lugar a la demanda contra el tercero citado y traído al proceso TRANSPORTES AUTOMOTORES PLAZA SACEI en su calidad de propietario del INTERNO 841 LINEA 129 y su citada en garantía PROTECCION MUTUAL DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS en favor de los actores Sra. KATHERINE ABIGAIL GONZÁLEZ y el Sr. ALEMAN CRISTIAN ALBERTO. III).
- Condenando a hacer íntegro pago al actor, a los terceros individualizados en el punto anterior, en el plazo de 10 días... de las sumas detalladas en los parrafos precedentes con mas la actualización monetaria e intereses especificados en el considerando VIII. IV).
- Se imponen las costas... "
- Montos fijados por el Tribunal (resumen):
Incapacidad física: Sr. ALEMAN: $36.500.000; Sra. GONZÁLEZ: $38.500.000.
Daño moral: Sr. ALEMAN: $6.100.000; Sra. GONZÁLEZ: $5.700.000.
Gastos de curación/traslados: $500.000 para cada actor.
(Se ordena actualización por IPC e intereses al 6% anual desde la fecha del hecho hasta la sentencia y luego sobre el capital actualizado hasta el pago efectivo).
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