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SANCHEZ MARIANO GABRIEL (97) C/ VARGAS HUGO OSCAR S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)

La parte actora promovió demanda (objeto no especificado) y fue intimada por inactividad procesal conforme art. 315 CPCC. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por falta de impulso, impuso las costas a la actora y no reguló honorarios por resultar inoficiosa la labor.

Caducidad de instancia Perencion Art. 310 cpcc Art. 315 cpcc Art. 316 cpcc Intimacion procesal Honorarios inoficiosos (art. 30 ley 14.967) Costas (parte actora vencida) Prescripcion (arts. 2546-2547 ccyc) Mariano gabriel sanchez

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Mariano Gabriel Sánchez. Demandado: no surge del texto. Objeto: no especificado en la resolución. Decisión: decretó la caducidad de la instancia por falta de impulso dentro del plazo del art. 310 del CPCC, impuso las costas a la parte actora y no reguló honorarios por resultar inoficiosa la tarea profesional.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia): "En virtud de ello, cuadra señalar que, si bien la presentación del escrito inicial de fecha 16 de agosto de 2022 tuvo la aptitud procesal y sustancial de interrumpir el curso de la prescripción liberatoria en los términos del artículo 2546 del Código Civil y Comercial de la Nación, dicha circunstancia no exime a la parte actora de la carga procesal de impulsar activamente el procedimiento judicial una vez iniciado. En efecto, la sola manifestación de promover el proceso a los fines interruptivos no otorga inmunidad frente al régimen formal de perención de la instancia (arts. 310 y sstes. del CPCC), máxime considerando que, a tenor de lo dispuesto por el artículo 2547 del citado plexo normativo fondal, la interrupción de la prescripción se tiene por no sucedida si el trámite se extingue por caducidad de la instancia." "Sentado ello, y tomando en consideración que la parte actora no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada en la fecha antes señalada, en los términos del art. 10, Anexo I del Ac. 4039/21 SCBA; corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia." Bloque dispositivo final (transcripción): "RESUELVO: Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (arts. 310, 315 y 316 del CPCC). Imponer las costas a la parte actora en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC). No regular honorarios por la tarea profesional efectuada en autos en virtud de resultar inoficiosa (art. 30 Ley 14.967). Regístrese. Notifíquese, y oportunamente archivase."

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