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GRAFEUILLE CAROLINA ESTELA C/ LEIVA LUIS ALBERTO S/ EJECUCION HONORARIOS

La actora promovió ejecución de honorarios contra el demandado por $4.148,72. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó continuarla hasta el pago íntegro del capital más intereses y condenó en costas a la parte vencida.

Costas Ejecucion de honorarios Ley 14967 Regulacion de honorarios diferida Perencion del derecho por inactividad Tasa de justicia / sobretasa Mora e interes bancario Art. 506 cpcc / arts. 500 503 cpcc Art. 41 cpcc (constituido domicilio en estrados) Dec. ley 8904/77 (art. 54)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: GRAFEUILLE CAROLINA ESTELA. Demandado: LEIVA LUIS ALBERTO. Objeto: Ejecución de honorarios por un capital total de PESOS CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($4.148,72), discriminados en PESOS DOS MIL NOVENTA Y DOS ($2.092.-) por honorarios y PESOS DOS MIL CINCUENTA Y SEIS CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($2.056,72.-) por aportes de ley, con aplicación de intereses desde la mora. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó continuar con la ejecución hasta el pago íntegro del capital indicado con aplicación de interés equivalente a la tasa activa del Banco de la Provincia de Bs. As. en sus operaciones ordinarias de descuento a treinta días desde la mora; se impusieron las costas a la demandada; se difirió la regulación de honorarios para su oportunidad; se constituyó el domicilio procesal de la parte ejecutada en los estrados del juzgado; se advirtió que la liquidación deberá incluir tasa y sobretasa de justicia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del Tribunal): "No habiendo la demandada LUIS ALBERTO LEIVA opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal estipulado que se encuentra vencido, conforme informa el Acturaio en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (Arts. 116 y 155 del CPCC).; Por ello, y atento lo dispuesto por los arts. 500, 503, 506 y ccdtes. del C.P.C.C.-" "1º) Continuar con la ejecución adelante hasta tanto la parte ejecutada LUIS ALBERTO LEIVA haga al acreedor GRAFEUILLE CAROLINA ESTELA íntegro pago del capital de PESOS CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($4.148,72.-), (discriminados PESOS DOS MIL NOVENTA Y DOS ($2.092.-) en concepto de honorarios y PESOS DOS MIL CINCUENTA Y SEIS CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($2.056,72.-) aportes de ley) conforme lo determina el auto de regulación de honorarios que luce adjunto en pdf en la presentacion de fecha 09/06/25, al que se le aplicará desde la mora un interés equivalente a la tasa activa que cobra el Banco de la Provincia de Bs. As. en sus operaciones ordinarias de descuento a treinta días, todo ello hasta el efectivo pago (Art.54 Dec.Ley 8904/77).-" "2º) Imponer las costas de la presente ejecución a la demandada vencida, atento al principio objetivo de la derrota (Art. 68 C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad (Ley 14967).- 3º) Asimismo, hágase saber al peticionante que al momento de practicar la correspondiente liquidación, deberá incluir en la misma los montos en concepto de tasa de justicia y sobretasa de justicia (Art. 58, párr.2do. de la Ley 14967).- 4º) Tiénese por constituido el domicilio procesal de la parte ejecutada en los estrados del juzgado. (Artículo 41 del CPCC)."

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