Logo

CAPECE, MONICA GRACIELA c/ EN-M DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora impugnó su encuadramiento escalafonario y solicitó el reencasillamiento como Adjunto con el pago de diferencias salariales. La Cámara rechazó el recurso en lo sustancial y confirmó la sentencia de grado, admitiendo únicamente el recurso respecto de la distribución de los accesorios y modificando la sentencia en ese punto para distribuirlos en el orden causado.

Costas Accesorios Contencioso administrativo Empleo publico Reencasillamiento Sinep Encuadramiento Decreto 1133/09 Resolucion conjunta 1949/11 y 144/11 Antiguedad profesional


¿Quién es el actor?

Mónica Graciela Capece (actora).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo – Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación – Hospital Nacional en Red Especializado en Salud Mental y Adicciones (ex CENARESO).
- Objeto de la demanda: Anular la Resolución nº 170/16 que rechazó su reclamo administrativo de reencuadramiento escalafonario; reconocimiento como Profesional Adjunto – Grado 3 y pago de diferencias salariales retroactivas desde el 09/08/13.

¿Qué se resolvió?

Se desestimó el recurso de apelación en cuanto al fondo y se confirmó la sentencia apelada en lo principal; únicamente se admitió el remedio en lo relativo a la distribución de los accesorios de la instancia de grado, por lo que la sentencia de grado se modifica en ese aspecto para distribuirlos en el orden causado, incluidos los de esta Alzada.
- Fundamentos principales (transcripción textual de párrafos relevantes): "Así, no es cierto que se prescinda de la continuidad funcional y profesional, ni que se borre la trayectoria profesional anterior (pág. 5 del recurso), así como tampoco que se excluya toda eficacia jurídica de la experiencia profesional previa (págs. 8 y 9), pero al ostentar la demandante un título de rango universitario al peticionar su incorporación a este régimen –específicamente enderezado a los profesionales de esa índole–, se admitió su ingreso, aunque en la categoría inferior, aquí resistida, reservándose la superior pretendida para quienes contaran con determinada antigüedad en el ejercicio de esa profesión universitaria, sin que ello importe un desconocimiento de la actividad profesional anterior a esa titulación, y menos aún, un desmerecimiento de la experiencia previa." "En virtud del resultado que instruye el acuerdo que antecede, el Tribunal RESUELVE : a) Desestimar el recurso intentado por la parte actora en lo que hace al fondo de la cuestión y, en consecuencia, confirmar la sentencia apelada, en lo principal que decide y fue materia de agravios; y b) Admitir el remedio deducido por la accionante únicamente en lo concerniente a la distribución de los accesorios correspondientes a la instancia de grado, y por ende, modificar la sentencia de grado en este aspecto, distribuyéndolos en el orden causado, al igual que los relativos a esta Alzada."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los tres jueces adhieren al resultado.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar