GALAN, MARIA VICTORIA c/ EN - M DE DEFENSA - DTO 210/17 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Solicitud de regulación de honorarios por la actuación de la Dra. Manson en juicio por personal militar y de seguridad. La Cámara redujo la regulación anterior y fijó los honorarios en 6 UMAs (equivalentes a $625.320) y aclaró que el IVA no está incluido y deberá abonarse si corresponde.
¿Quién es el actor?
María Victoria Galán (parte actora).
¿A quién se demanda?
EN
- Ministerio de Defensa
- Decreto 210/17 (personal militar y civil de las FFAA y de seguridad).
- Objeto de la demanda: Incidente de regulación de honorarios por la actuación de la Dra. Manson como letrada patrocinante de la parte actora en una etapa del juicio.
¿Qué se resolvió?
Se modificó la regulación de honorarios de fecha 9/6/2026 y se redujeron a 6 UMAs por la totalidad de la actuación de la Dra. Manson en esa etapa, equivalentes al día de la fecha a $625.320. Además, se aclaró que en esos importes no está incluido el IVA, debiendo el organismo depositar el tributo si el beneficiario acredita condición de responsable inscripto.
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"En función de la naturaleza del juicio, teniendo en consideración la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada, el resultado del proceso y el monto del juicio (ver liquidaciones obrantes el 27/5/2025 y 30/3/2026), corresponde modificar la regulación de honorarios de fecha 9/6/2026 y reducirlos a 6 UMAs por la totalidad de la actuación de la Dra. Manson como letrada patrocinante de la parte actora en una etapa del juicio, equivalentes -al día de la fecha
- a $625.320 (conf. arts. 16, 19, 21, 24, 29, 51 y ccdtes. de la ley 27423 y la Resol. SGA 1930/2026)."
"Cabe dejar aclarado que en los importes establecidos precedentemente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realice el beneficiario
- la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo junto con el monto del pago."
Disidencias: no constan votos en disidencia en el bloque resolutorio final, por lo que la decisión consignada refleja el acuerdo de la Cámara.
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