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PELEGRINETTI, MICHAEL EMANUEL c/ EN - M SEGURIDAD - PSA - DTO 2140/13 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor Pelegrinetti reclamó honorarios por actuación en causa relativa al personal militar y de seguridad. La Cámara modificó la regulación anterior y elevó los honorarios del Dr. Olmos a 1,47 UMAs ($153.203) y fijó adicionales por actuación en alzada en 0,44 UMAs ($45.856), con expresa mención sobre el IVA.

Honorarios Apelacion Liquidacion Regulacion Iva Umas Camara contencioso administrativo federal Ley 27423 Elevacion de honorarios Resol. sga 1930/2026


¿Quién es el actor?

PELEGRINETTI, MICHAEL EMANUEL.

¿A quién se demanda?

EN
- M SEGURIDAD
- PSA
- DTO 2140/13 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG.
- Objeto de la demanda: liquidación y regulación de honorarios profesionales por la labor realizada en el proceso (incluida la actuación ante la Cámara).

¿Qué se resolvió?

la Cámara modificó la regulación de fecha 28/5/2026 y elevó los honorarios del Dr. Olmos a 1.47 UMAs (equivalente al día de la fecha a $153.203) y, por la labor desarrollada ante la Alzada, fijó honorarios adicionales de 0.44 UMAs (equivalente a $45.856). Se aclaró que en dichos importes no está incluido el IVA y que, si el beneficiario acredita condición de responsable inscripto, la obligada deberá depositar el impuesto junto con el pago. Se ordenó registrar, notificar y devolver a la instancia de grado.
- Fundamentos principales (transcripción literal de los párrafos relevantes): "En función de la naturaleza del juicio, teniendo en consideración la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada, el resultado del proceso y el monto del juicio (ver liquidación aprobada en fecha 6/3/2026), corresponde modificar la regulación de fecha 28/5/2026 y elevar los honorarios del Dr. Olmos a 1.47 UMAs, equivalente -al día de la fecha
- a $153.203 (conf. arts. 16, 19, 21, 24, 29, 51 y ccdtes. de la ley 27423 y la Resol. SGA 1930/2026)." "Asimismo, por su labor desarrollada ante esta Alzada, corresponde fijar los honorarios del Dr. Alfredo H. Olmos, en su carácter de letrado patrocinante y apoderado de la parte actora, en 0.44 UMAs que equivale -al día de la fecha
- a la suma de $45.856 (conf. arts. 16, 19, 29, 30, 51 y ccdtes. de la ley 27423 y Resol. SGA 1930/2026)." "Cabe dejar aclarado que en los importes establecidos precedentemente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realice el beneficiario
- la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo junto con el monto del pago." No consta voto en disidencia.

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