Logo

CONSULTORES MARITIMOS SRL (TF 35414-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Consul tores Marítimos SRL promovió recurso directo contra la DGA por la regulación de honorarios. La Cámara confirmó la regulación de honorarios a favor de la dirección letrada de la parte demandada y rechazó la apelación de la demandada respecto de los honorarios del letrado de la actora por inexistencia de agravio.

Costas Honorarios Confirmacion Recurso directo Rechazo de apelacion Iva Camara contencioso administrativo federal Direccion general de aduanas Regulacion de emolumentos Ley 21.839


¿Quién es el actor?

CONSULTORES MARITIMOS SRL (TF 35414-A).

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA).
- Objeto de la demanda: Revisión de la regulación de honorarios y costas derivadas del pronunciamiento de instancia anterior; recurso directo de organismo externo.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la regulación de honorarios obrante a fojas 110/111 a favor de la dirección letrada y representación legal de la parte demandada, los que quedan a cargo de la parte actora; además se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada respecto de los honorarios regulados a favor del letrado de la parte actora por carecer la recurrente de agravio.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales): "I.
- Que en función de la naturaleza del proceso, del resultado obtenido (conf. pronunciamiento de fojas 99/103 de la causa en soporte papel) y de la extensión, calidad y eficacia de la labor desarrollada ante la anterior instancia, corresponde confirmar la regulación de honorarios obrante a fojas 110/111 a favor de la dirección letrada y representación legal de la parte demandada, los que se encuentran a cargo de la parte actora (conf. arts. 6, 7, 9, 37 y 38 de la Ley N° 21.839, modificada por la Ley Nº 24.432)." "II.
- Que, por lo demás, corresponde rechazar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada a fojas 121/124 respecto de los honorarios regulados a favor del letrado de la parte actora, por cuanto, de conformidad con la forma en que fueron impuestas las costas en el pronunciamiento dictado a fojas 99/103, dichos emolumentos se encuentran a cargo de la propia parte actora, por lo que la recurrente carece de agravio al respecto." "III.
- Que finalmente cabe dejar aclarado que, en los importes establecidos precedentemente, no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo juntamente con el monto del pago, en caso de corresponder."
- No se registran votos en disidencia en el bloque resolutorio incorporado; la decisión reflejada es la de la mayoría según el texto de la parte resolutiva.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar