BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MENDEZ ROBERTO NAHUEL S/ COBRO EJECUTIVO
El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió cobro ejecutivo por un crédito de $1.416.749,67 más intereses contractuales. El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución y declaró perdido el derecho a deducir excepciones por parte del ejecutado, autorizando el devengamiento de intereses desde la mora (31/3/2025) y fijando limitación máxima de los intereses conforme criterio del Superior Departamental.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Demandado: ROBERTO NAHUEL MENDEZ.
Objeto: Cobro ejecutivo del capital reclamado de Pesos UN MILLON CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 67/100 ($1.416.749,67) más los intereses pactados en el contrato de mutuo; ejecución de la sentencia de trance y remate.
Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado abone íntegramente el capital reclamado y sus intereses; se declaró perdido el derecho a deducir excepciones por vencimiento del plazo; se impusieron costas; se difirió la regulación de honorarios profesionales; se tuvo por constituido domicilio del demandado en los estrados por no haber constituido domicilio legal en el radio del juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes del fallo, lenguaje original del Tribunal):
"AUTOS Y VISTOS: Las presentes, venidos a despacho para dictar SENTENCIA DE TRANCE Y REMATE, y no habiendo los ejecutados deducido excepciones legítimas en el plazo legal, que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, dásele por perdido el derecho dejado de usar (arts. 116 C.P.C.), conforme lo dispuesto por los arts. 540 y 548 del C.P.C.,"
"FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto el ejecutado ROBERTO NAHUEL MENDEZ, haga al actor BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos UN MILLON CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 67/100 ($1.416.749,67) con más los intereses pactados en el contrato de mutuo, obrante en autos, siempre que no superen en su conjunto el equivalente a una vez y media la tasa de interés que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento conforme el criterio del Superior Departamental en autos 'BANCO INDUSTRIAL S.A. C/ YARATI PAREDES HILARIA RAMONA S/ COBRO EJECUTIVO' (Exp. N° JU-11327-2018), sentencia del 04/08/2020 (N° Orden: 140
- Libro de Sentencia Nº: 61), desde la fecha de la mora (31/3/2025) y hasta el efectivo pago. Costos y costas de la ejecución.
- (arts. 68 y 556 C.P.C., y 54 de la ley 14.967.-"
"Difiriendo la regulación de los honorarios profesionales, hasta la oportunidad en que quede firme la liquidación respectiva. (art. 51 de la ley 8904 y 730 C.C y COM. ).-"
"No habiendo el demandado constituído domicilio legal dentro del radio del juzgado y habiéndoselo notificado en Giobellini 821 monoblock Lubo de Campana (bs as), tiéneselo por constituído en los estrados del mismo.
- (art. 41 del C.P.C.).-"
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: