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FLORES NELSON WILSON C/ SOTOMAYOR CHRISTIAN DAMIAN S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Se declaró la caducidad de instancia por inactividad procesal del actor, aplicada conforme arts. 310, 315 y 316 del CPCC. El Tribunal decretó la caducidad, impuso las costas a la parte actora y no reguló honorarios por resultar inoficiosa la intervención del letrado.

Caducidad de instancia Intimacion Inactividad procesal Inoficiosidad No regulacion de honorarios Art. 310 cpcc Art. 315 cpcc Costas a la actora Res. 3694/12 scba Notificacion art. 10 ac. 4013/21.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: DESCONOCIDO (no surge del texto aportado). Demandado: DESCONOCIDO (no surge del texto aportado). Objeto: No consta en el texto remitido; la resolución se limita a declarar caducidad por inactividad procesal. Decisión: Se decretó la caducidad de instancia, se impusieron las costas a la parte actora y no se regularon honorarios al letrado por inoficiosidad.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes del fallo): "Que con fecha 7/9/2026 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, data de fecha 17/8/2021. Sentado ello, y tomando en consideración que la parte actora no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada en los términos del art. 10 de la Ac. 4013 de la SCBA; corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia. En virtud de lo expuesto y lo dispuesto por la Res. 3694/12 de la SCBA, RESUELVO: Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (arts. 310, 315 y 316 del CPCC). Imponer las costas a la parte actora en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC) No proceder a regular honorarios al letrado actuante, por resultar inoficiosa la labor desarrollada ( art 30 ley 14.967). REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE mediante la remisión del presente conforme lo previsto por el art. 10, Anexo I, Ac. 4013/21, texto ordenado por Ac. 4039/21, ambas de la SCJBA. OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE." Observaciones relevantes:
- Se invocan expresamente los arts. 310, 315 y 316 del CPCC (texto según ley 13.986) como fundamento procesal para la caducidad por inactividad.
- La intimación previa fue dispuesta el 7/9/2026; la última actuación útil data del 17/8/2021.
- Se aplicó la Res. 3694/12 de la SCBA como criterio de soporte.
- El tribunal consideró la actuación del letrado inoficiosa y, por ello, no reguló honorarios conforme al art. 30 ley 14.967.

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