CANDIAS, MAURO ALBERTO c/ ANSES s/PENSIONES
El actor promovió acción contra ANSeS solicitando reconocimiento de pensiones derivadas y retroactivos. La Cámara Federal de Salta rechazó las apelaciones de ANSeS y del actor y confirmó la sentencia de fecha 8/4/26 que ordenó otorgar las pensiones y fijó el régimen de liquidación, con costas por su orden.
Actor: Mauro Alberto Candias. Demandado: ANSeS (UDAI Salta). Objeto de la demanda: reconocimiento de pensiones derivadas por fallecimiento de Sra. Aida Zulma Marzano y Sr. Alberto Ovidio Candias, y cobro de retroactivos con actualización y tasa de interés adecuada.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Salta rechazó los recursos de apelación deducidos por ANSeS y por el actor y confirmó la resolución del 8/4/26 en lo que fue materia de agravios; impuso las costas en esta instancia por su orden y ordenó volver las actuaciones al juzgado de origen. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Que el 8/4/26 (ver) se hizo lugar a la demanda iniciada por el señor Mauro Alberto Candias, revocándose las resoluciones denegatorias de la ANSeS UDAI Salta RNTM 02259/2022 y RNTM 02982/23, y ordenándose al organismo que le otorgue los beneficios de pensiones derivadas de los beneficios N°150407815006 y N°150353429503 de los causantes Sra. Aida Zulma Marzano y Sr. Alberto Ovidio Candias, respectivamente, en el plazo de 15 días de quedar firme la sentencia. Asimismo, se dispuso el pago de la suma que en concepto de retroactivos se determine en la etapa de liquidación desde el 23/4/22 (pensión derivada del beneficio jubilatorio de su madre) y desde el 13/3/22 (pensión derivada del beneficio jubilatorio de su padre), con más los intereses hasta su efectivo pago según la tasa pasiva que publica el Banco Central de la República Argentina; rechazándose el planteo referido al pago del retroactivo tomando el valor del beneficio a la fecha del alta. Se impusieron las costas a ANSeS." "En efecto, el Alto Tribunal sostuvo que 'la ley 23.928 constituye una decisión clara y terminante del Congreso Nacional ... la solución de la inflación, ligada al remedio concreto de las situaciones inequitativas surgidas a su amparo, debe ser por naturaleza objeto de soluciones legislativas y no pretorianas' ... 'la declaración de inconstitucionalidad configura un acto de suma gravedad que debe ser considerado como ultima ratio del orden jurídico'." "Al respecto, resulta improcedente la pretensión del accionante de aplicar en el caso los índices IPC, CER o de intereses moratorios TIM u otro a elección del juez, en tanto que al respecto la Corte Suprema se ha expedido en los antecedentes 'Spitale' (Fallos: 327:3721) y 'Cahais' (Fallos: 340:483) en los que concluyó que la tasa pasiva promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina resulta adecuadamente satisfactoria del menoscabo patrimonial sufrido por el demandante ... A lo que se agrega que dicha tasa ha sido adoptada por el Congreso en el ámbito específicamente previsional al sancionar el art. 6 de la ley 27.260." Si hubiere votos en disidencia: No consta disidencia mayoritaria; el acuerdo final fue el reseñado.
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