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RIOS, NELIDA LILIANA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La actora reclamó reajuste de haberes previsionales y la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre su haber y retroactivos. La Cámara Federal de Salta rechazó el recurso de ANSeS y hizo lugar parcialmente al recurso de la actora, declarando la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre el haber previsional y las sumas retroactivas, e imponiendo costas de Alzada.

Tasa de interes moratorio Impuesto a las ganancias Seguridad social Costas de alzada Anses Retroactivos Principio de progresividad Reajuste de haberes Gemelli Ley 24.016


¿Quién es el actor?

Sra. Nélida Liliana Ríos.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (ordenado en grado en 82% móvil conforme ley 24.016) y cuestión relativa a la aplicación del impuesto a las ganancias sobre el haber y sobre eventuales sumas retroactivas; además impugnaciones relativas a la tasa de interés y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Salta resolvió: rechazar el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y hacer lugar parcialmente al recurso de apelación de la actora, por lo que declaró la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre el haber previsional de la actora y sobre las sumas retroactivas que eventualmente se liquiden; además impuso costas de la Alzada por su orden. Esta decisión modifica parcialmente lo resuelto en la sentencia de fecha 11/02/2026.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- “Que en lo que respecta a lo manifestado de que el reajuste ordenado no beneficiaría a la actora en la magnitud de lo que se le reajustó, se advierte que contrariamente a lo sostenido de las constancias digitalizadas de autos, se desprende que, por ejemplo, en el período 10/2023 el haber abonado a la Sra. Ríos es inferior al 82 % del sueldo correspondiente.”
- “Por lo tanto, se deja sentada la inaplicabilidad del referido tributo al beneficio de la actora según el plenario de esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta ‘Percivaldi, Roberto Rene c/ Anses s/ Apela resolución’ (Expte. N° 31000160/2009), en la que se determinó que los retroactivos adeudados por la Administración Nacional de la Seguridad Social por reajustes ordenados en sentencias judiciales no resultan ser ganancias gravadas de conformidad con las disposiciones de la ley 20.628.”
- “Que los intereses moratorios no tienen como función compensar la depreciación monetaria, la inflación ni la devaluación de la moneda, sino fundamentalmente sancionar la actitud del deudor, funcionando como indemnización en favor del acreedor a causa de tal comportamiento (del precedente de la CSJN ‘Gargano, Diego c/Banco de la Nación Argentina’, sentencia del 26/4/2011).”
- Además, la Cámara sostuvo la vigencia del régimen de la ley 24.016 y la aplicación del precedente “Gemelli”, señalando que “el régimen jubilatorio de la ley 24.016 ha quedado sustraído de las disposiciones que integran el sistema general… manteniéndose vigente con todas sus características” (cita de Guzmán, Cristina y Gemelli).
- Disidencias relevantes: no constan votos en disidencia firme en la parte resolutiva; la resolución se dicta por mayoría (el Dr. Alejandro Augusto Castellanos se excusó).

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