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BORINI, LUCIO ARMANDO c/ ANSES s/EJECUCION DE SENTENCIA

Ejecución de sentencia contra ANSES por liquidación de haberes previsionales. La Cámara Federal de Paraná rechazó el recurso de apelación, confirmó la resolución dictada, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a ANSES, además de regular honorarios por $206.355.

Costas Honorarios Ejecucion de sentencia Inapelabilidad Inconstitucionalidad Anses Planilla de liquidacion Ley 27.423 Dnu 157/2018 Cpccn art. 554


¿Quién es el actor?

Borini, Lucio Armando.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Ejecución de sentencia y aprobación de planilla de liquidación por la suma de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($4.499.827,42) (cálculo al mes de agosto de 2025).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y se confirmó la resolución dictada en primera instancia. Se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de la presente instancia a la ANSES; se regularon honorarios al Dr. José Ángel Miguel ARIAS en 1,98 UMA equivalentes a $206.355 y no se regularon honorarios a los apoderados de la parte demandada conforme al art. 2 de la ley 27.423.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes): "Que, en forma preliminar se tratara la nulidad de la notificación planteada, al respecto cabe señalar que no resulta procedente debido a que la misma fue subsanada y no se encuentra vulnerado el derecho de defensa de los litigantes, conforme que los plazos comienzan a correr desde la notificación correspondiente y fue su propia parte quien promovió el recurso de apelación, por lo que no se observa afectación al debido proceso." "Que, ... en el proceso ejecutivo la regla es la inapelabilidad a menos que la ley prevea expresamente lo contrario –art. 554 del CPCCN–. ... Por tales razones, no corresponde el tratamiento de los agravios relativos a la impugnación de la planilla de liquidación, así como el cuestionamiento relativo a las costas, dado que en la sentencia que se ejecuta -como en la presente
- se han impuesto a la ANSES. En consecuencia, se rechaza el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada." "Que, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (FCR 2149166/2011, sentencia del 22/6/2023), corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia a la ANSES; conforme lo establecido en el art. 68, primer párrafo, del CPCCN."
- Voto en relación a la planilla: se consignó que la Sra. Jueza de Cámara Beatriz Estela Aranguren adhirió al acuerdo mayoritario sobre la inapelabilidad de las cuestiones vinculadas a la planilla de liquidación y se abstuvo de pronunciarse sobre esos agravios, en atención a criterios propios sostenidos en otra causa (INDERKUMER), pero lo decidido por mayoría es el rechazar el recurso y confirmar la ejecución.

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