ERNST GERBER, SILVIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES por reajustes y movilidad de su haber previsional. La Cámara Federal de Paraná hizo lugar parcialmente al recurso de la actora, declaró la inconstitucionalidad condicionada de los arts. 9, 25 y 26 de la ley 24.241, confirmó la sentencia en lo demás, admitió parcialmente la apelación de la demandada revocando la imposición de costas y declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.
¿Quién es el actor?
ERNST GERBER, SILVIA CRISTINA (parte actora).
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste y movilidad de haberes previsionales y otros pedidos conexos (aplicación de índices de actualización, inconstitucionalidad de topes y régimenes, inclusión de IPIM, tratamiento de bonos, impuesto a las ganancias).
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de la actora declarando la inconstitucionalidad de los arts. 9, 25 y 26 de la ley 24.241 si se dan los presupuestos expresados en los considerandos; admitió parcialmente la apelación de ANSES y revocó la imposición de costas, distribuyéndolas en el orden causado conforme art. 36 ley 27.423; confirmó la sentencia en lo demás; declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; reguló honorarios al letrado de la actora en un 34% de lo que oportunamente se les regule en primera instancia y no reguló honorarios para la defensa de la demandada. Se tuvieron presentes las reservas del caso federal. Hubo disidencia parcial consignada en el acuerdo.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio, declarar la inconstitucionalidad de los artículos 9 y 25 de la ley 24.241, en la medida en que se presenten los extremos invocados en el párrafo precedente, resultando un dispendio jurisdiccional –a juicio de la suscripta
- diferir su tratamiento a instancias liquidatorias posteriores, que determinarían la necesidad de ocurrencia al Juzgado interviniente y al trámite correspondiente, dilatando el cumplimiento de los derechos del accionante."
2) "Que, lo mismo sucede en relación al artículo 26 de la ley 24.241 ... por lo que corresponde declarar su inconstitucionalidad en la medida que se verifiquen los extremos dispuestos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la citada causa 'Actis Caporale'."
3) "Dicho esto, según lo expuesto precedentemente, se observa que la decisión del magistrado de grado no resulta acertada. En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio propuesto, revocar la imposición efectuada en primera instancia y distribuirlas en el orden causado en virtud del resultado arribado -art. 36 ley 27.423, última parte-."
4) "Que, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' ... corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia en el orden causado debido al modo en que se resuelve y lo previsto en la última parte de la norma citada."
- Disidencia: el acuerdo registra "DISIDENCIA PARCIAL"; los fundamentos de la minoría están consignados como votos individuales en autos pero la parte resolutiva refleja la decisión de la mayoría.
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