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Incidente Nº 1 - IMPUTADO: ZAPATA, CARLA ALEJANDRA s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA

Incidente por prisión domiciliaria en causa por infracción de la ley 23.737; la defensa apeló la revocación del arresto domiciliario de Carla Alejandra Zapata. La Cámara Federal de Corrientes hizo lugar al recurso, revocó la orden de alojamiento intramuros y dispuso el arresto domiciliario con monitoreo electrónico y el mantenimiento de la intervención del DIPNA.

Interes superior del nino Proporcionalidad Riesgo procesal Prision domiciliaria Arresto domiciliario Principio acusatorio Dispositivo electronico Revocacion de medida Camara federal de corrientes Dipna


¿Quién es el actor?

Defensa Oficial en representación de la imputada Carla Alejandra Zapata.

¿A quién se demanda?

Resolución de la jueza a quo que revocó la prisión domiciliaria y ordenó el alojamiento penitenciario.
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra la resolución que revocó la prisión domiciliaria de Zapata y ordenó su detención efectiva y alojamiento en establecimiento penitenciario.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Corrientes hizo lugar al recurso de apelación, revocó la resolución recurrida en cuanto dispuso la revocación de la prisión domiciliaria de Carla Alejandra Zapata y su alojamiento en un establecimiento penitenciario, disponiendo respecto de la nombrada el arresto domiciliario previsto en el art. 210 inc. j) del CPPF, acompañado de vigilancia mediante dispositivo electrónico conforme al inc. i) y de las restantes reglas de sujeción que la juez a quo estime necesarias para asegurar los fines del proceso; además sostuvo mantener la intervención del DIPNA y de los organismos especializados competentes para el seguimiento de los niños y adopción de medidas de protección si correspondiere.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En efecto, la sola constatación objetiva de una salida del domicilio no releva al órgano jurisdiccional de examinar las circunstancias en que aquélla se produjo, su entidad concreta y su aptitud para demostrar que la modalidad de coerción resultaba insuficiente para asegurar los fines del proceso... La resolución afirmó que la trabajadora social habría observado a Carla Zapata ingresar al inmueble en un motovehículo y dedujo de ello la existencia de un desplazamiento extramuros incompatible con la breve salida vecinal alegada. Sin embargo, el informe profesional únicamente refiere que, durante la entrevista, ambas imputadas arribaron desde la vía pública, una a pie y la otra en motovehículo, sin individualizar cuál de ellas utilizaba este último." "En definitiva, la resolución recurrida no demuestra suficientemente que el incumplimiento atribuido a Zapata, valorado en sus concretas circunstancias, traduzca un peligro de fuga o entorpecimiento de tal intensidad que torne ineficaz toda medida distinta del alojamiento carcelario. La naturaleza del hecho imputado y la pena en expectativa aconsejan mantener un grado efectivo de control y sujeción, pero no permiten concluir, frente al arraigo acreditado, el comportamiento procesal global de la imputada, las características particulares de la salida, la ausencia de indicadores concretos de entorpecimiento, sus responsabilidades de cuidado y la posibilidad de intensificar el control domiciliario mediante monitoreo electrónico, que la prisión intramuros constituya la única respuesta idónea."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva; la decisión transcrita corresponde al Acuerdo mayoritario de la Cámara.

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