PASCUALI, MARIA DEL CARMEN c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO
Impugnación de acto administrativo de jubilada contra ANSES por reajuste de haberes y declarativos de inconstitucionalidad. La Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó la sentencia de primera instancia, con alcance que mantiene las declaraciones de inconstitucionalidad y la imposición de costas a la demandada, salvo la cuestión sobre la constitucionalidad de la ley 27.609 que queda conforme al voto del Dr. Picado.
¿Quién es el actor?
PASCUALI, María del Carmen.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Impugnación de acto administrativo solicitando reajuste por movilidad del haber previsional, declaración de inconstitucionalidad de normas (entre ellas art. 1 de la ley 27.609, art. 9 inc. 3 de la ley 24.463, art. 82 inc. c de la ley 20.628) y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en sus alcances, con la salvedad relativa a la constitucionalidad de la ley 27.609 que deberá regirse por lo dispuesto en el voto del Juez Picado; además declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En consecuencia, por no resultar competencia de esta rama del Estado determinar la forma en que debe garantizarse la movilidad de las jubilaciones y pensiones ni mucho menos fijar el índice a seguir a tal efecto, sino del Poder Legislativo, y encontrándose determinado por éste mediante parámetros que resultan razonables a los fines encomendados, corresponde hacer lugar al agravio planteado por el organismo, dejar sin efecto la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estar a lo allí establecido y modificar a este respecto la resolución recurrida." (voto del Dr. Candisano Mera)
"En consecuencia, corresponde confirmar en este punto la resolución recurrida, declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 para los años 2022 y 2023, con los alcances establecidos en el citado precedente, y disponer la actualización de los haberes mediante incrementos trimestrales calculados conforme a las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC, a aplicarse en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año." (voto del Dr. Picado, en disidencia parcial respecto de lo resuelto por la mayoría sobre la ley 27.609)
"Por último, en relación al agravio relativo a la imposición de costas, corresponde confirmar la resolución recurrida, declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, y hacer aplicación de las pautas de distribución de costas establecidas por el art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN, imponiendo las costas de ambas instancias a la demandada vencida..." (voto del Dr. Candisano Mera)
- Disidencia relevante: El Dr. Leandro Sergio Picado disintió únicamente respecto de la solución adoptada sobre la constitucionalidad de la ley 27.609 y propuso confirmar la declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 para los años 2022 y 2023, con actualización trimestral según IPC; la Dra. Silvia Mónica Fariña adhirió al voto del Dr. Picado. Esa postura quedó reflejada como excepción en el acuerdo mayoritario y es la regla aplicable respecto de la ley 27.609.
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