Incidente Nº 2 - IMPUTADO: RUIZ PIÑEROS, GONZALO ALONSO s/INCIDENTE DE EXCARCELACION
Recurso de casación contra la negativa de excarcelación en trámite de extradición. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de Gonzalo Alonso Ruiz Piñeros, con imposición de costas en la instancia, por considerar que la resolución de grado reúne fundamentos mínimos y suficientes.
Actor: Gonzalo Alonso Ruiz Piñeros (a través de su defensa particular). Demandado: Resolución dictada por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 5, Secretaría N° 10. Objeto de la demanda: recurso de casación contra la decisión que rechazó la excarcelación solicitada en el marco del trámite de extradición (incidente de excarcelación N° 2, CFP 1801/2025).
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de Gonzalo Alonso Ruiz Piñeros, con costas en la instancia (art. 530 y cctes. del CPPN). Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Para así resolver, la jueza de grado ponderó que Ruiz Piñeros fue condenado en la República de Colombia, mediante sentencia firme, a la pena de setenta y dos meses (72) de prisión, por el delito de hurto calificado y agravado, y que el trámite de la extradición se originó a raíz de la evasión del nombrado de la justicia colombiana, pese a tener conocimiento del proceso que allí se le seguía. Valoró, asimismo, la ausencia de un arraigo sólido y verificable en nuestro país, en atención a las inconsistencias advertidas entre los distintos domicilios denunciados por el encausado durante el trámite, circunstancia que fuera señalada por la fiscalía. A ello sumó, como circunstancia relevante, que luego de haber sido puesto en libertad el 29 de octubre de 2025, por disposición del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N° 3 en el marco de otra causa, y pese a encontrarse vigente la anotación conjunta de su detención en estas actuaciones, Ruiz Piñeros no se presentó espontáneamente ante el juzgado federal interviniente ni informó su paradero. Permaneció en esa situación durante más de seis meses y fue nuevamente habido el 8 de mayo de 2026, a raíz de su detención en el marco de un nuevo proceso penal." (voto del Dr. Carlos A. Mahiques) "De este modo, en tanto entiendo que no solo se mantiene vigente el riesgo procesal examinado por la jueza a quo, sino que, aunado a ello, el proceso de extradición seguido respecto de Ruiz Piñeros se encuentra en un estado avanzado —pues su procedencia fue declarada el 4 de julio de 2025 y dicha decisión se encuentra actualmente recurrida ante la CSJN—, resulta menester mantener el estado de detención preventiva que viene cumpliendo el nombrado. En estas condiciones, la resolución cuestionada cuenta con los fundamentos mínimos y suficientes para ser considerada un acto jurisdiccional válido (art. 123 del CPPN), por lo que corresponde declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa particular de Gonzalo Alonso Ruiz Piñeros, con costas en la instancia (arts. 444 -segundo párrafo-, 530 y 531 del CPPN)." (voto del Dr. Carlos A. Mahiques) Aclaración sobre opinión concurrente: El Dr. Gustavo M. Hornos expresó su coincidencia con declarar la inadmisibilidad, pero dejó a salvo su opinión en cuanto a que correspondería fijar audiencia oral y pública para que las partes se expresen conforme a los arts. 465 bis y 468 del C.P.P.N.; dicha observación fue manifestada como reserva personal y no alteró la decisión mayoritaria.
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