Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: AGUIRRE, PEDRO GUILLERMO s/INFRACCION LEY 23.737
Recurso de casación contra condena por comercio de estupefacientes; la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso y confirmó la individualización punitiva, considerándola motivada y proporcional a la gravedad del hecho.
¿Quién es el actor?
Defensa de Pedro Guillermo Aguirre (Defensa Pública/Defensa Oficial en distintas etapas).
¿A quién se demanda?
Sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná (actor procesal: imputado Pedro Guillermo Aguirre).
- Objeto de la demanda: Recurso de casación contra la condena por el delito de comercio de estupefacientes (art. 5° inc. c, Ley 23.737) consistente en pena de cinco (5) años y seis (6) meses de prisión y multa de $1.102.500 (45 unidades fijas), más costas e intimación para el pago de la multa.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, rechazó el recurso de casación deducido por la defensa de Pedro Guillermo Aguirre y tuvo presente la reserva del caso federal; se impusieron costas (arts. 470 a contrario sensu y 531, CPPN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
1) "La materialidad de los hechos reprochados, así como la participación y responsabilidad de Pedro Guillermo Aguirre en aquéllos, no han sido cuestionadas por la defensa del nombrado. Incluso, conforme surge del pronunciamiento recurrido, el propio imputado reconoció haber participado en la entrega del material estupefaciente a su consorte de causa Brítez."
2) "Por ello, toda vez que este aspecto de la sentencia impugnada contiene la fundamentación jurídica mínima, necesaria y suficiente que se requiere -lo que impide su descalificación como acto jurisdiccional válido tal como pretende la defensa-, el presente tramo de la impugnación será rechazado."
3) Sobre la multa y el control de constitucionalidad: "La declaración de inconstitucionalidad de una disposición legal es un acto de suma gravedad institucional ... sólo debe ejercerse cuando la repugnancia con la cláusula constitucional es manifiesta y la incompatibilidad inconciliable ... En definitiva, se trata de la aplicación de la ley penal vigente por parte del tribunal interviniente ... sin que los extremos aludidos por la defensa logren conmover lo resuelto."
- Disidencias: No hubo disidencia mayoritaria; la resolución fue por mayoría. El juez Slokar adhirió "en lo sustancial" a la propuesta del juez Barroetaveña (sin costas), y Petrone adhirió en lo sustancial; la parte dispositiva final declara rechazo por mayoría y costas conforme queda transcripto.
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