Logo

Legajo Nº 4 - IMPUTADO: CARLINO , CRISTIAN s/LEGAJO DE CASACION

La Defensa Pública interpuso recurso de casación contra la decisión del Tribunal Oral Federal N°2 de Rosario que rechazó la incorporación de Cristian Carlino al régimen preparatorio para la liberación. La Cámara Federal de Casación Penal —Sala III— declaró inadmisible el recurso interpuesto, sin costas, por faltar cuestión federal habilitante y por considerarse la resolución de mérito razonadamente fundada.

Costas Cuestion federal Inadmisibilidad Recurso de casacion Ejecucion de la pena Camara federal de casacion penal Regimen preparatorio para la liberacion Art. 444 cppn Art. 56 quater ley 24.660 Tribunal oral federal n?2 rosario

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Defensa Pública Oficial en representación de Cristian Carlino (recurrente). Demandado: Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Rosario (resolución recurrida). Objeto: incorporación de Cristian Carlino al régimen preparatorio para la liberación (art. 56 quater, Ley 24.660, texto conforme Ley 27.375). Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal —Sala III— declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la Defensa Pública Oficial de Cristian Carlino y ordenó remitir la causa al tribunal de origen, sin imposición de costas en la instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): "El tribunal de mérito expuso adecuadamente las razones que determinaron su decisión y no se verifica -ni el recurrente logra demostrar-, la concurrencia de un supuesto de arbitrariedad que afecte la validez del resolutorio (cfr. Fallos: 306:362; 314:451; 314:791; 321:1328; 322:1605, entre otros). En definitiva, la resolución impugnada se encuentra razonablemente fundada y los agravios sólo evidencian una opinión diversa sobre la cuestión debatida y resuelta (C.S.J.N. Fallos 302:284; 304:415); decisión que cuenta, además, con los fundamentos jurídicos mínimos, necesarios y suficientes, que impiden su descalificación como acto jurisdiccional válido (Fallos: 293:294; 299:226; 300:92; 301:449; 303:888)." "El recurrente tampoco demostró la existencia de una cuestión federal que permita habilitar la competencia de esta Cámara como tribunal intermedio, conforme la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 'Di Nunzio' (Fallos 328:1108). En virtud de lo expuesto, corresponde declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la Defensa Pública Oficial, sin costas (arts. 444 –segundo párrafo-, 530 y ccds. del Código Procesal Penal de la Nación –CPPN-)."
- Votos en disidencia o concurrentes relevantes: El Dr. Daniel Antonio Petrone adhirió a la inadmisibilidad, pero propuso imponer costas en la instancia (art. 530 y 531 CPPN). El Dr. Gustavo M. Hornos, si bien acompañó la declaración de inadmisibilidad, dejó expresa su opinión particular en el sentido de que, formalmente, el recurso podría resultar admisible según el art. 491, 2° párr., del CPPN y abogó por continuar con el trámite y fijar audiencia (art. 465 bis), sin que ello afecte la resolución de inadmisibilidad acordada por mayoría.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar