Legajo Nº 2 - IMPUTADO: DARRIBA, SERGIO ALBERTO s/LEGAJO DE CASACION
Recurso de casación contra decisión de ejecución que negó libertad condicional por aplicación del art. 56 bis de la ley 24.660. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso y tuvo presente la reserva del caso federal, por coincidir con la doctrina plenaria que admite la inaplicabilidad de beneficios a condenados por determinados delitos relacionados con la ley 23.737.
¿Quién es el actor?
Defensa pública oficial (Defensora Pública Coadyuvante Dra. María Amparo Vázquez) en representación de Sergio Alberto Darriba (condenado).
¿A quién se demanda?
Juzgado de ejecución penal que rechazó la libertad condicional y aplicó el art. 56 bis de la ley 24.660.
- Objeto de la demanda: Se impugnó la resolución del Juzgado de Ejecución que rechazó la solicitud de libertad condicional y se solicitó declarar la inconstitucionalidad del art. 56 bis de la ley 24.660 y del art. 14 del Código Penal (según ley 27.375), por vulnerar los principios de reinserción social, progresividad de la pena e igualdad ante la ley. Se pidió que se incorpore a Darriba al régimen de libertad condicional.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Sergio Alberto Darriba y tuvo presente la reserva del caso federal; se dispuso sin costas en la instancia. (La decisión se funda en la adhesión a la doctrina plenaria que consideró compatibles los arts. 14 CP y 56 bis L. 24.660 con la progresividad de la pena y la igualdad ante la ley).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"III. La cuestión planteada ya fue resuelta en el plenario 16 dictado por esta Cámara Federal de Casación Penal, con fecha 8 de abril del corriente año. Se declaró -por mayoría
- como DOCTRINA PLENARIA que resultan compatibles con el régimen de progresividad de la pena, con el principio de igualdad ante la ley y el principio de razonabilidad de los actos de gobierno, los artículos 14 del Código Penal y 56 bis de la ley 24.660 (así como otras disposiciones concordantes en la materia) en cuanto estipulan que no corresponde conceder los beneficios allí referidos a quienes fueran condenados en orden a los delitos previstos en los arts. 5º, 6º y 7º de la ley 23.737 o a la que en el futuro la reemplace.
Por ello, a efectos de evitar repeticiones innecesarias, con remisión a las consideraciones allí efectuadas, corresponde declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Sergio Alberto Darriba, sin costas en la instancia (arts. 444 in fine, 530 y 531 del C.P.P.N.)."
"En este marco, toda vez que no se vislumbran en la impugnación deducida argumentos distintos y novedosos que permitan apartarse de la doctrina plenaria sentada por esta Cámara, adhiero a la solución propuesta por mis colegas de declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto; sin costas en la instancia (arts. 463, a contrario sensu, 530 y 531, in fine, del C.P.P.N.)."
- Disidencia relevante: El Dr. Daniel Antonio Petrone, si bien adhirió al rechazo de la casación, manifestó en su voto la conveniencia de imponer costas en la instancia ("aunque con imposición de costas en la instancia (arts. 444, 530 y 531 del CPPN)"), criterio que no fue acogido por la mayoría; la resolución final dispone "sin costas".
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: