Incidente Nº 29 - IMPUTADO: GOMEZ GONZALEZ, ROBERTO AGUSTIN s/INCIDENTE DE CESE DE PRISION PREVENTIVA
Recurso de casación contra la denegatoria del cese de prisión preventiva solicitada a favor de Roberto Agustín Gómez González. La Cámara Federal de Casación Penal (Sala II) rechazó el recurso de casación presentado por la defensa, entendiendo que la sentencia de mérito cumple con el estándar mínimo de fundamentación y que subsisten riesgos procesales que justifican la continuidad de la prisión preventiva.
¿Quién es el actor?
Sergio Raúl Moreno, Defensor Público Oficial, en representación de Roberto Agustín Gómez González.
- Demandado / oposición: Ministerio Público Fiscal y el tribunal a quo (Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº2 de San Martín) cuya decisión se impugna.
- Objeto de la demanda: recurso de casación contra la resolución que rechazó el pedido de cese de prisión preventiva de Gómez González.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal (Sala II) rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa, sin costas en la instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"En efecto, en el contexto señalado en los párrafos anteriores, se observa que subsisten razones valederas que justifican el tiempo que demoró la pesquisa como, así también, riesgos procesales que dan fundamento a la prórroga de la prisión preventiva respecto de Gómez González."
"Por otro lado, es dable reseñar que, de un abordaje integral de la cuestión, teniendo especial consideración la compleja trama que finalmente habría evidenciado el accionar que se imputa a Gómez González, amerita la decisión que los magistrados de la anterior instancia asumieron en su negativa."
"De esta forma, en tanto el a quo ha analizado adecuadamente los parámetros que rigen la materia, tanto como los riesgos procesales subsistentes y ha brindado razones válidas para continuar la medida cautelar, corresponde rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa, sin costas en la instancia (arts. 470 y 471 -ambos a contrario sensu-, 530 y 531 del CPPN)."
- Disidencias: No existen votos en disidencia; los tres vocales (Yacobucci, Ledesma y Slokar) coincidieron en el rechazo.
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