BARRIOS, AGUSTIN HERNAN c/ MANEJO AMBIENTAL S.A. -2- Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido alegando incorrecta registración, categoría de operario-maquinista, diferencias salariales y horas extras. El Juzgado rechazó la demanda por no acreditarse las injurias invocadas y ordenó el desglose del certificado del art. 80 LCT, imponiendo costas a la actora.
¿Quién es el actor?
Agustín Hernán Barrios.
¿A quién se demanda?
Manejo Ambiental S.A. (codemandado Giudici fue tenido por desistido).
- Objeto de la demanda: Despido por injuria derivada de incorrecta registración de la fecha de ingreso, incorrecta categoría (operario vs operario maquinista), diferencias salariales y horas extras adeudadas; petición de indemnizaciones por despido y rubros acumulados.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda interpuesta por Barrios contra Manejo Ambiental S.A.; se ordenó el desglose de los certificados del art. 80 LCT para su entrega al actor; se impusieron las costas en el orden causado y se regularon honorarios (actora 10 UMA, demandada 12 UMA, perito contador 3 UMA).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
“La valoración deberá ser hecha prudencialmente por los jueces, teniendo en consideración el carácter de las relaciones que resulta de un contrato de trabajo, según lo dispuesto en la presente Ley, y las modalidades y circunstancias personales en cada caso".
“Para resolver el presente litigio entonces, tengo muy especialmente en cuenta que los pleitos deben decidirse de conformidad con la prueba producida y no las manifestaciones unilaterales de los litigantes. En este sentido ‘La carga de la prueba es el peso que tienen las partes de activar las fuentes de prueba para demostrar los hechos que fueran afirmados, de manera convincente en el proceso en virtud de los medios probatorios y sirve al juez en los procesos dispositivos como elemento que sustituye su convicción ante prueba insuficiente, incierta o faltante.' (Dr. Enrique M. Falcón, ‘Tratado de la Prueba’ Editorial Astrea, 2003).”
“De esta forma, analizadas en forma pormenorizadas, las pruebas sustanciadas en las actuaciones, no surgen las injurias invocadas por el actor. No surge, luego de compulsado el libro establecido en el art. 52 de la LCT, que el actor estuviere incorrectamente registrado. Tampoco surge del testimonio de Sergio Alejandro VARGAS, la existencia de alguna anomalía. El testigo dice haber trabajado con ellos, pero no aporta elementos creíbles en su testimonio, que prueben alguna de las injurias alegadas por el actor. Lo manifestado, sella la suerte del pleito. Conforme lo expuesto, corresponde rechazar la demanda. Así lo decido.”
- Pruebas relevantes: declaración testimonial de Sergio Alejandro Vargas (aportó datos de desempeño y modalidad de cobro en algunos barrios, pero no acreditó registración o categoría distinta); pericia/experticia del auxiliar de la justicia que consignó constancia de inscripción con fecha de ingreso 22/09/2014, categoría Operario, ausencia de documentación que pruebe diferencias salariales u horas extras y que “No se puede determinar si efectivamente existieron las horas extras reclamadas por la Actora.”
- No hubo disidencia en la sentencia.
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