SEVERINO WALTER RENE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor la redeterminación del haber y el reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU) frente a ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios, ordenó costas por su orden en la alzada y fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que correspondió en la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
Severino Walter Rene.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; específicamente redeterminación del haber inicial (incluyendo aportes como trabajador autónomo) y reclamo de reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), con cuestionamiento de la ley 27.541 y sus decretos reglamentarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en lo que decide y fue materia de agravios; cargó las costas por su orden en la Alzada y determinó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU, pues evidencia una insuficiencia en la determinación del valor inicial de la Prestación Básica Universal como componente del haber mínimo."
"En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de esta Sala “Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, contemplando asimismo el precedente “Quiroga” citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida. Así las cosas, para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual (PBUsr + PC + PAP —de caja o recalculado, según corresponda—) ... Ello se multiplicará por cien y, determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."
"Consideramos que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la emergencia sancionada por el Congreso a través de la ley 27.541, ni tampoco de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en función de la delegación legislativa realizada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad respecto de los fines propuestos en las bases de delegación, no viéndose vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
Además, el tribunal reiteró su limitación conforme art. 271 del CPCCN a examinar sólo los planteos que fueron materia de agravios del juez de primera instancia y, en el dispositivo, resolvió: "1) Confirmar la sentencia en lo que decide y fue materia de agravios; 2) Costas por su orden en la Alzada ...; y 3) Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora ... en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior..."
- Disidencias: Se deja constancia que la Dra. Nora C. Dorado no suscribe por encontrarse en uso de licencia; no consta voto en disidencia en el expediente.
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