VEGA JOSEFINA DEL VALLE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó reajustes varios de haberes previsionales, incluyendo la revisión de la Prestación Básica Universal (PBU) y cuestionamientos normativos sobre topes y artículos de la ley 24.241. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente a la apelación: dejó sin efecto la cuestión relativa a los arts. 26 L.24.241 y 14 Res. 6/09, diferió para ejecución los cuestionamientos sobre topes (incluida doctrina Villanustre), revocó la orden de aplicar diferencias sobre haberes de enero y febrero 2021 y confirmó lo demás, con costas por su orden en la Alzada.
¿Quién es el actor?
VEGA JOSEFINA DEL VALLE.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes diversos de la prestación previsional, con reclamos concretos sobre la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de arts. 26 L.24.241 y 14 Res. SSS 6/09, topes de haberes (doctrina "Villanustre"), cálculo de haberes de enero-febrero 2021 y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada y, por ello, dejó sin efecto lo resuelto respecto de los arts. 26 de la ley 24.241 y 14 de la resolución 6/09; diferió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre aplicación de topes de haberes (incluido "Villanustre"); revocó la decisión de grado que ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y los abonados en 2020; confirmó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado conforme a lo indicado y confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios; costas por su orden en la Alzada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de esta Sala 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."
"Así las cosas, para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual (PBUsr + PC + PAP —de caja o recalculado, según corresponda—), padezcan de ajuste o no las restantes prestaciones. Ello se multiplicará por cien y, determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."
"Que sobre las quejas vertidas en torno a los arts. 26 de la ley 24241 y 14 de la res. SSS. 6/09, de las constancias arrimadas a la causa, ... no surge que la prestación acordada haya sido limitada por ninguna de las normas cuya inconstitucionalidad se persigue."
"Ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra ... aplicación de topes de haberes –incluido el planteo respecto a la doctrina del precedente 'Villanustre'
- ... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencias: Se deja constancia que la Dra. Nora C. Dorado no suscribe por hallarse en uso de licencia; no consta voto en disidencia.
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