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BURIÑIGO JUAN ISMAEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó el actor reajustes varios de sus prestaciones previsionales, incluyendo la revisión de la Prestación Básica Universal y diferencias de haberes de enero-febrero 2021. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada, difiriendo la cuestión de topes para ejecución, revocando la orden de aplicar diferencias porcentuales sobre los haberes de enero y febrero 2021 y confirmando la sentencia en lo demás.

Costas Honorarios Ejecucion Impuesto a las ganancias Movilidad Anses Prestacion basica universal Topes de haberes Reajustes varios Ley 27609


¿Quién es el actor?

BURIÑIGO JUAN ISMAEL.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales, reclamo por revisión de la Prestación Básica Universal (PBU), reconocimiento de diferencias por enero y febrero de 2021 (base de cálculo para movilidad ley 27609), aplicación de topes de haberes, exención del impuesto a las ganancias y discusión sobre costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso deducido por la demandada: a) se difiere para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; b) se revoca la disposición de primera instancia que ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre los aumentos suspendidos y los abonados en 2020; c) se confirma lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado conforme al art. 68 del CPCCN en los términos indicados; 2) se confirma la sentencia en lo demás que fue materia de agravios; 3) costas por su orden en la Alzada; 4) se fijan los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada... Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU, pues evidencia una insuficiencia en la determinación del valor inicial de la Prestación Básica Universal como componente del haber mínimo." "Así las cosas, para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual (PBUsr + PC + PAP —de caja o recalculado, según corresponda—)..., determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis." "Por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor." "En atención a lo expuesto, las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de descalificación... por lo que deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 ... el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir..."
- Disidencia o aclaraciones: Se deja constancia que la Dra. Dorado no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia (art. 109 RJN); no consta voto en disidencia firmado como tal en el texto remitido.

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