Logo

AREAN IDA SILVIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó la incorporación de bonos y el reajuste del haber conforme al IPC. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 3, confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó la incorporación permanente de los bonos al haber, fijando costas y honorarios en alzada (honorarios de la dirección letrada en 30% de lo que se estipule para la instancia anterior).

Costas Confirmacion de sentencia Seguridad social Anses Confiscatoriedad Doctrina csjn Incorporacion al haber Reajustes Bonos de refuerzo Honorarios 30%


¿Quién es el actor?

AREAN, IDA SILVIA.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber conforme al IPC e incorporación/percepción de bonos de refuerzo previsional al haber.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia en lo que decide y fue materia de agravios, rechazando la pretensión de incorporar los bonos o refuerzos previsionales como componente permanente del haber; se impusieron costas por su orden en la Alzada y se determinaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Que, en orden al tratamiento vinculado a la incorporación, percepción y/o movilidad de las sumas fijas, bonos y/o refuerzos previsionales, ha de señalarse que es reiterada la doctrina de la Corte Suprema en cuanto no corresponde a los jueces pronunciarse sobre el acierto o error, el mérito o la conveniencia de las soluciones legislativas." "Que, ello así, respecto al reclamo referido, ha de señalarse que tales conceptos no integran, por su propia naturaleza y finalidad, el haber previsional ni constituyen un componente permanente de la prestación. Admitir una solución contraria implicaría alterar, por vía judicial, las pautas legales que rigen la determinación y movilidad de las prestaciones previsionales." "Que, en consecuencia, aun cuando tales sumas puedan ser ponderadas a los fines del análisis de la suficiencia del haber y de la eventual existencia de confiscatoriedad, ello no autoriza a conferirles naturaleza de componente permanente de la prestación, ni a disponer su incorporación al beneficio o su utilización como base para la determinación de futuras movilidades..." Dispositivo final transcripto: "el Tribunal RESUELVE: 1) Confirmar la sentencia en lo que decide y fue materia de agravios; 2) Costas por su orden en la Alzada...; y 3) Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior..."
- Disidencia/Observación: Se deja constancia expresamente que la Dra. Nora C. Dorado no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia (art. 109 R.J.N.), pero no consta voto disidente que modifique la decisión mayoritaria.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar